Diferencias de Tratamiento en el Régimen Penitenciario: Comentario a la Sentencia n. 47008 de 2024

La sentencia n. 47008 del 20 de noviembre de 2024 de la Corte de Casación representa un importante paso en el debate sobre el régimen penitenciario diferenciado previsto por el artículo 41-bis del ordenamiento penitenciario. Con esta decisión, la Corte ha reafirmado la ilegalidad del decreto que aplicaba límites de gasto inferiores para los detenidos sometidos a régimen especial en comparación con los comunes, destacando una disparidad de tratamiento que no puede ser justificada.

El Contexto Normativo y la Sentencia

La cuestión planteada por la sentencia se refiere a la circular del 11 de octubre de 2018, que establecía nuevos límites de gasto para los detenidos. La Corte ha afirmado que la aplicación de tales límites solo a los detenidos comunes crea una disparidad injustificada, ya que no se justifica por necesidades de seguridad pública. Es fundamental recordar que el artículo 41-bis prevé medidas especiales para los detenidos considerados más peligrosos, pero esto no debe traducirse en un tratamiento discriminatorio en comparación con los demás detenidos.

Régimen de detención diferenciado ex art. 41 -bis ord. pen. - Límites de gasto - Decreto de la administración que los determine en una medida inferior en comparación con los detenidos comunes - Ilegalidad - Razones. En el ámbito del régimen penitenciario diferenciado conforme al art. 41-bis ord. pen., es ilegal el decreto de la administración que aplique solo a los detenidos comunes los nuevos límites de gasto previstos por la circular del 11 de octubre de 2018, resultando en una disparidad de tratamiento no justificada por necesidades de seguridad pública, debido al modesto incremento del peculio y la rigidez de las normas en materia de adquisición de bienes por parte de los detenidos sometidos al régimen especial.

Las Implicaciones de la Sentencia

Esta sentencia no solo subraya la necesidad de un tratamiento equitativo entre los detenidos, sino que también llama a la responsabilidad de la administración penitenciaria en garantizar derechos fundamentales. Las disparidades de tratamiento, además de ser injustas, pueden comprometer el proceso rehabilitador de los detenidos, que es uno de los objetivos principales del sistema penal. A tal efecto, es importante considerar:

  • El principio de igualdad consagrado por el artículo 3 de la Constitución Italiana.
  • Las disposiciones europeas sobre los derechos de los detenidos, que buscan garantizar un tratamiento digno y humano.
  • El papel de la jurisprudencia en monitorear y corregir las injusticias dentro del sistema penitenciario.

Conclusiones

La sentencia n. 47008 de 2024 representa un paso significativo hacia la protección de los derechos de los detenidos en Italia. Impone una reconsideración de las políticas penitenciarias de manera que se garantice un tratamiento justo y equitativo para todos, sin distinciones basadas en criterios no justificables. Las administraciones deben prestar atención a estos principios, asegurando que las normas se apliquen de manera uniforme, respetando la dignidad humana y los derechos fundamentales.

Estudio Jurídico Bianucci