Comentario sobre la Sentencia n. 30589 de 2024: Novedades sobre la ausencia del imputado en el proceso penal

La reciente sentencia n. 30589, depositada el 25 de julio de 2024, por la Corte de Casación, ofrece una importante reflexión sobre el ámbito de la ausencia del imputado en el proceso penal. En particular, la Corte se ha expresado en relación a la aplicación del art. 604, párrafo 5-bis, del código de procedimiento penal, modificado por el d.lgs. n. 150 del 2022. Este artículo dispone que la nulidad del proceso celebrado en ausencia del imputado no pueda ser alegada si no se plantea en el acto de apelación.

El significado de la sentencia

La Corte ha establecido que tal norma se aplica exclusivamente en el caso de que la declaración de ausencia del imputado sea posterior al 30 de diciembre de 2022. Este esclarecimiento es de fundamental importancia, ya que define los límites temporales dentro de los cuales la nueva normativa es efectiva y, por consiguiente, las modalidades de impugnación de las sentencias.

Art. 604, párrafo 5-bis, cod. proc. pen., modificado por el d.lgs. n. 150 del 2022 – Ámbito aplicativo - Indicación. La disposición de la que se habla en el art. 604, párrafo 5-bis, cod. proc. pen., como modificado por el art. 89, párrafo 1, d.lgs. 10 de octubre de 2022, n. 150, en la parte en que prevé que la nulidad relacionada con la celebración del proceso en ausencia por defecto de los presupuestos de los arts. 420 bis, párrafos 1, 2 y 3, cod. proc. pen. es sanada si no ha sido alegada en el acto de apelación, se aplica solo si la declaración de ausencia es posterior al 30 de diciembre de 2022.

Las implicaciones prácticas

Las implicaciones prácticas de esta sentencia merecen un análisis atento. Entre las principales consideraciones surgen:

  • La necesidad para los abogados de prestar atención a la temporalidad de la declaración de ausencia.
  • La posibilidad de sanar la nulidad solo si no ha sido alegada de manera oportuna en el acto de apelación.
  • Un mayor rigor en la gestión de las ausencias durante el proceso penal.

En este sentido, la Corte parece querer garantizar una mayor certeza del derecho, reduciendo las posibilidades de impugnaciones posteriormente a la conclusión del proceso.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n. 30589 de 2024 representa un importante avance para la claridad y la eficacia del procedimiento penal. La modificación introducida por el art. 604, párrafo 5-bis, establece un criterio de salvaguardia que, aunque restrictivo, busca garantizar la regularidad del proceso y evitar la interrupción de cursos de justicia ya iniciados. Los operadores del derecho deberán, por tanto, estar preparados para adaptarse a estas nuevas disposiciones, para garantizar una defensa adecuada y oportuna.

Estudio Jurídico Bianucci