Análisis de la Sentencia n. 14700 de 2023: Reforma Cartabia y Procedibilidad de los Delitos a Querella

La sentencia n. 14700 del 7 de diciembre de 2023, emitida por la Corte de Casación, ofrece una importante oportunidad de reflexión sobre la reforma Cartabia, en particular sobre la normativa modificada respecto a los delitos perseguibles a querella. El objeto de la decisión concierne a la posibilidad de modificar la imputación por parte del ministerio público, incluso después de transcurrido el plazo para presentar querella, a través de la alegación de agravantes que hacen que el delito sea procedible de oficio.

El Contexto Normativo y la Reforma Cartabia

La reforma Cartabia, implementada con el decreto legislativo n. 150 de 2022, ha traído consigo modificaciones significativas al régimen de procedibilidad de ciertos delitos. De acuerdo con el art. 2 de dicho decreto, muchos delitos se han vuelto perseguibles exclusivamente a querella de la persona ofendida. Sin embargo, la sentencia analizada aclara que, aunque los plazos para la querella puedan haber expirado, el ministerio público tiene la facultad de modificar la imputación, alegando una agravante.

Delito que se ha vuelto perseguible a querella por efecto de la modificación introducida por el d.lgs. n. 150 de 2022 (reforma Cartabia) - Transcurso del plazo para presentar querella según el art. 85 del d.lgs. citado - Alegación supletoria de circunstancia agravante - Posibilidad - Existencia - Consecuente procedibilidad de oficio del delito - Existencia - Razones - Supuesto. En materia de delitos que se han vuelto perseguibles a querella por efecto de las modificaciones introducidas por el art. 2 del d.lgs. 10 de octubre de 2022, n. 150, se permite al ministerio público, si ha transcurrido el plazo para presentar la querella según el art. 85 del d.lgs. citado, modificar la imputación mediante la alegación, en audiencia, de una agravante que haga que el delito sea procedible de oficio. (Supuesto relativo al robo de energía eléctrica, en el que la Corte anuló la decisión de sobreseimiento al considerar que el tribunal no había permitido al ministerio público alegar, de manera supletoria, la agravante del art. 625, inciso primero, n. 7, del código penal, que habría hecho que el delito, que tiene por objeto un bien destinado funcionalmente a un servicio público, fuera procedible de oficio, omitiendo evaluar las pruebas que podrían respaldar la legitimidad de tal alegación supletoria).

Implicaciones de la Sentencia

La decisión de la Corte tiene importantes repercusiones en la gestión de los procedimientos penales. En particular, se destaca cómo la Corte anuló una decisión anterior de sobreseimiento, subrayando que el tribunal no había aceptado la solicitud del ministerio público de alegar una agravante. Esto pone de manifiesto la necesidad de una evaluación cuidadosa de las pruebas que surjan, las cuales pueden influir significativamente en el desarrollo del proceso.

  • Reconocimiento de la posibilidad de alegación supletoria
  • Importancia del plazo para la presentación de la querella
  • Posibilidad de procedibilidad de oficio en presencia de agravantes

Conclusión

La sentencia n. 14700 de 2023 representa un paso importante en la clarificación de las normas relativas a la procedibilidad de los delitos a querella, destacando cómo las modificaciones introducidas por la reforma Cartabia pueden interactuar con el poder del ministerio público. Esta decisión no solo aclara los límites de la procedibilidad, sino que invita a reflexionar sobre la necesidad de una aplicación cuidadosa y rigurosa de las normas, para que la justicia pueda ser garantizada de manera equitativa y oportuna.

Estudio Jurídico Bianucci