Facilitación personal y delitos permanentes: análisis de la sentencia n. 14961 de 2024

La reciente sentencia n. 14961 del 27 de marzo de 2024 del Tribunal de Casación ha abordado un tema crucial en el derecho penal: la configurabilidad del delito de facilitación personal en relación con los delitos permanentes. Con esta decisión, el Tribunal ha reafirmado principios fundamentales respecto a la distinción entre concurso y facilitación, aclarando las implicaciones jurídicas de dicha distinción.

El contexto de la sentencia

En el caso específico, el imputado M. M. había sido acusado de facilitación personal en relación con un delito de cultivo y posesión de sustancias estupefacientes. La Corte de Apelación de Cagliari había rechazado la solicitud de configurabilidad de la facilitación, sosteniendo que cualquier ayuda proporcionada durante la perpetuación de un delito permanente se traduce en un concurso en el mismo delito.

Análisis de la máxima

Configurabilidad en relación con un delito permanente - Exclusión - Razones - Tipología. El delito de facilitación personal no es configurabile durante la consumación de un delito permanente, ya que cualquier ayuda al culpable realizada durante la perpetuación de su conducta se resuelve, salvo que se disponga lo contrario, en un concurso, al menos moral, en el delito que se le atribuye. (Caso en el que el Tribunal consideró correctamente calificada la conducta del imputado en términos de concurso en el delito de cultivo y posesión de sustancias estupefacientes).

Esta máxima subraya la importancia de distinguir entre las diferentes formas de responsabilidad penal. En particular, el Tribunal ha aclarado que la asistencia proporcionada a un sujeto que está perpetrando un delito permanente no puede considerarse facilitación, sino más bien un concurso, incluso moral, en el mismo delito. En otras palabras, quien facilita un delito permanente no realiza una acción de facilitación, sino que participa activamente en el delito en cuestión.

Referencias normativas y jurisprudenciales

La sentencia se basa en disposiciones del Código Penal, en particular en los artículos 378 y 110. Estos artículos definen respectivamente la facilitación personal y el concurso en el delito. El Tribunal ha hecho referencia a máximas anteriores que confirman su posición, creando así un marco jurídico coherente. Entre los precedentes citados, se pueden mencionar:

  • Máxima n. 4927 de 2004
  • Máxima n. 12915 de 2006
  • Máxima n. 282 de 2022

Estos referencias demuestran cómo la jurisprudencia ha evolucionado con el tiempo, pero mantiene una coherencia fundamental en la definición de los delitos y en la responsabilidad penal.

Conclusiones

La sentencia n. 14961 de 2024 representa un importante avance en la clarificación de las dinámicas entre facilitación y concurso en el delito, en particular en lo que respecta a los delitos permanentes. La distinción entre estas dos figuras jurídicas es fundamental para comprender las responsabilidades penales y las consecuencias legales de las acciones de asistencia. El Tribunal de Casación, con esta decisión, ha ofrecido una importante aclaración que podrá influir en futuros casos en el ámbito penal, contribuyendo a una mejor aplicación de la justicia.

Estudio Jurídico Bianucci