La sentencia n. 37131 del 4 de julio de 2024, recientemente depositada, ofrece una importante reflexión sobre los delitos tributarios, en particular sobre el delito de declaración fraudulenta mediante el uso de facturas o documentos para operaciones inexistentes. Este pronunciamiento de la Corte de Casación, presidido por el juez G. A., aclara aspectos fundamentales relacionados con el elemento subjetivo del delito y la necesidad del dolo específico. Analizaremos a continuación las implicaciones de esta sentencia.
La sentencia subraya que el delito de declaración fraudulenta requiere dos elementos subjetivos principales: el dolo genérico y el dolo específico. El dolo genérico se manifiesta en la consciente indicación de elementos pasivos ficticios en las declaraciones fiscales, mientras que el dolo específico se refiere a la voluntad de evadir impuestos.
Delitos tributarios - Delito de declaración fraudulenta mediante el uso de facturas u otros documentos para operaciones inexistentes - Elemento subjetivo - Naturaleza - Dolo eventual - Suficiencia - Dolo específico - Logro de la finalidad de evasión - Necesidad - Exclusión. El delito de declaración fraudulenta mediante el uso de facturas u otros documentos para operaciones inexistentes requiere, desde el punto de vista subjetivo, el dolo genérico, consistente en la consciente indicación, en las declaraciones fiscales relativas a impuestos sobre la renta o sobre el valor añadido, de elementos pasivos de cuya ficticia el sujeto agente esté seguro o, en todo caso, acepte la eventualidad, así como el dolo específico de evasión, que representa la finalidad que debe animar la conducta del mencionado, pero cuyo logro concreto no es necesario para la perfección del delito.
Esta sentencia tiene varias implicaciones prácticas para los profesionales del sector legal y para los empresarios. En particular, aclara que no es necesario demostrar el logro concreto de la finalidad de evasión para configurar el delito. Esto significa que la simple intención de evadir, unida a la conciencia de la ficticia de las facturas utilizadas, es suficiente para integrar los extremos del delito.
La sentencia n. 37131 de 2024 representa un punto de referencia importante en el campo de los delitos tributarios. Las indicaciones sobre el dolo y las finalidades de evasión son fundamentales para comprender las responsabilidades penales de los operadores económicos. Es esencial para todos aquellos que operan en el sector tributario prestar la máxima atención en la redacción de las declaraciones fiscales, especialmente en un contexto normativo cada vez más riguroso.