Sentencia n. 27466 de 2024: La remisión de la querella en sede civil no vale para el penal

La sentencia n. 27466 de 2024, emitida por el Tribunal de Casación, representa un importante esclarecimiento en materia de remisión de la querella. En particular, el Tribunal ha establecido que el compromiso asumido por el querellante en sede civil de remitir la querella no equivale a una voluntad definitiva válida en sede penal, excluyendo así la posibilidad de considerar tal compromiso como manifestación de voluntad tácita de remisión.

El contexto jurídico de la sentencia

En el derecho penal italiano, la remisión de la querella es un acto fundamental que puede influir en el desarrollo de un procedimiento penal. Esta está regulada por el artículo 152 del Código Penal, el cual establece que la querella puede ser remitida por el querellante, dando así lugar a la extinción del delito. Sin embargo, este acto debe llevarse a cabo en forma y modalidades adecuadas, para que pueda producir efectos.

La importancia de la distinción entre ámbitos jurídicos

El Tribunal de Casación ha querido resaltar la diferencia entre los procedimientos civiles y penales, aclarando que un compromiso de remitir la querella asumido en sede civil no puede tener consecuencias automáticas en sede penal. Este principio es de fundamental importancia para garantizar la certeza del derecho y la separación de los diversos ámbitos jurídicos. En un contexto en el que la querella ha sido presentada por un delito perseguible a querella, el querellante debe formalizar su voluntad de remisión de manera clara y directa, siguiendo los procedimientos previstos en el proceso penal.

Compromiso de remitir la querella asumido por el querellante en sede civil - Remisión tácita - Exclusión. El compromiso, asumido en sede civil, por parte del querellante, de remitir la querella, no equivale a voluntad definitiva válida en sede penal y no puede, por lo tanto, ser considerado como manifestación de voluntad tácita de remisión.

La máxima antes citada destaca un principio clave: la ausencia de un vínculo entre los dos procedimientos. Por lo tanto, si un querellante decide emprender una acción civil para obtener una indemnización, esto no afecta automáticamente su posición en sede penal.

Conclusiones

La sentencia n. 27466 de 2024 subraya la necesidad de una clara voluntad por parte del querellante cuando se trata de la remisión de la querella en el ámbito penal. Esta decisión no solo aclara el marco jurídico, sino que también sirve para proteger los derechos de las partes involucradas, evitando malentendidos y confusiones que podrían derivar de compromisos asumidos en contextos diferentes. En última instancia, la sentencia refuerza la importancia de seguir los procedimientos correctos en cada ámbito jurídico, garantizando así una justicia más equitativa y transparente.

Estudio Jurídico Bianucci