La sentencia de la Corte Suprema de Casación n. 4973 del 2022 ofrece una importante reflexión sobre la responsabilidad del contribuyente en materia de omisión de declaración de ingresos. Este caso, que involucró a L. L., destaca las implicaciones legales relacionadas con la confianza en los profesionales para la gestión de asuntos fiscales y el papel del dolo en la comisión de delitos tributarios.
En este caso, la Corte de Apelación de Turín confirmó la condena de primera instancia por omisión de declaración por parte de L. L., quien no había presentado la declaración de ingresos para el año 2014, evadiendo impuestos por un importe significativo. La defensa argumentó la inexistencia del dolo genérico, afirmando que confiar en un contable exoneraba al contribuyente de responsabilidad. Sin embargo, la Corte reiteró que la obligación de presentar la declaración recae directamente sobre el contribuyente, incluso si este delega tales obligaciones a terceros.
El solo hecho de haber confiado a un profesional la tarea de preparar y presentar la declaración no exime al contribuyente de la responsabilidad penal por omisión de declaración.
La Corte aclaró que el dolo genérico, para la configuración del delito de omisión de declaración, puede deducirse no solo de la magnitud de la omisión, sino también de la conciencia del contribuyente respecto al importe de los impuestos debidos. En particular, el hecho de que L. L. hubiera presentado posteriormente otras declaraciones de manera irregular reforzó la prueba de su voluntad de evadir impuestos. La jurisprudencia consolidada afirma que la responsabilidad penal por delitos tributarios es personal y no puede ser delegada.
La sentencia n. 4973/2022 de la Corte de Casación representa un importante precedente en la jurisprudencia italiana sobre delitos tributarios. Subraya la necesidad de que los contribuyentes estén siempre informados y conscientes de sus obligaciones fiscales, incluso cuando se valen de profesionales para la gestión de sus asuntos. Esta decisión sirve para recordar que la delegación no puede sustituir la responsabilidad personal y que la vigilancia sobre el trabajo de los profesionales es fundamental para evitar desagradables consecuencias legales.