Diferimiento de la pena y salud: análisis de la sentencia n. 49621 de 2023

La reciente sentencia n. 49621 del 11 de octubre de 2023, emitida por el Tribunal de Vigilancia de Reggio Calabria, aborda un tema de gran relevancia tanto para el derecho penal como para el derecho a la salud: el diferimiento de la pena por graves motivos de salud. Este pronunciamiento ofrece importantes reflexiones sobre cómo las condiciones de salud de los acusados deben ser consideradas de manera concreta y no meramente abstracta.

El contexto de la sentencia

En la sentencia en cuestión, el juez anuló con reenvío una decisión anterior relacionada con la solicitud de diferimiento de la pena por parte del acusado D. P.M. LOY M. F. La Corte subrayó que el Tribunal de Vigilancia no puede limitarse a una evaluación genérica del estado de salud del solicitante, sino que debe analizar en detalle sus condiciones clínicas y las terapias necesarias. Este aspecto es fundamental, ya que la salud del acusado puede influir significativamente en su capacidad para cumplir la pena en un entorno carcelario.

01 Presidente: DI NICOLA VITO. Ponente: POSCIA GIORGIO. Relator: POSCIA GIORGIO. Acusado: D. P.M. LOY MARIA FRANCESCA. (Dif.) Anula con reenvío, TRIB. VIGILANCIA REGGIO CALABRIA, 28/03/2023 563000 INSTITUTOS DE PREVENCIÓN Y DE PENA (ORDENAMIENTO PENITENCIARIO) - Diferimiento de la pena también en las formas de detención domiciliaria - Estado de salud incompatible con el régimen carcelario - Evaluación en concreto - Necesidad. En materia de diferimiento de la pena por graves motivos de salud, incluso en la forma de detención domiciliaria, el tribunal de vigilancia no puede limitarse a la evaluación abstracta del cuadro patológico del solicitante y de los recursos sanitarios y terapéuticos a su disposición, sino que está obligado a examinar, en concreto, las condiciones de salud del mencionado, los tipos de cuidado que necesita, así como la incidencia del entorno carcelario en su particular cuadro clínico.

La evaluación concreta de las condiciones de salud

El núcleo de la sentencia está representado por la necesidad de una evaluación concreta de las condiciones de salud del detenido. Este enfoque se basa en el principio de que el bienestar físico y psicológico del acusado debe ser garantizado, incluso en el ámbito de la ejecución de la pena. De hecho, el artículo 146, párrafo 1, letra 3 del Código Penal prevé que el diferimiento pueda ser concedido en caso de graves motivos de salud, y el Tribunal debe considerar no solo la enfermedad en sí, sino también cómo esta interactúa con el entorno carcelario.

  • Evaluación específica de las terapias necesarias
  • Análisis del impacto del entorno carcelario en la salud
  • Consideración de las alternativas a la detención, como la detención domiciliaria

Conclusiones

La sentencia n. 49621 de 2023 representa un avance en la jurisprudencia italiana respecto al derecho del detenido a recibir un tratamiento sanitario adecuado. Aclara que el Tribunal de Vigilancia debe siempre llevar a cabo una evaluación atenta y detallada de las condiciones de salud del solicitante, de manera que la pena no se traduzca en una violación de los derechos humanos fundamentales. Este principio es de vital importancia, no solo para la dignidad de la persona detenida, sino también para el buen funcionamiento del sistema penal en su conjunto.

Estudio Jurídico Bianucci