La sentencia n. 17214 del 14 de marzo de 2023 de la Corte de Casación ofrece una importante reflexión sobre los delitos tributarios, en particular sobre la forma de determinar el impuesto evadido. En este artículo, examinaremos los puntos clave de esta decisión, destacando los criterios adoptados por los jueces y las implicaciones para los contribuyentes y los profesionales del sector legal.
La Corte, en su decisión, reitera que para calcular el impuesto evadido, el juez debe seguir criterios específicos de verificación previstos por la legislación fiscal. Sin embargo, es fundamental señalar que la verificación penal presenta limitaciones en comparación con la administrativa, debido a la diferente finalidad que la caracteriza.
Delitos tributarios - Determinación del impuesto evadido - Criterios - Deducción de costos relacionados - Posibilidad – Límites – Supuesto. En materia de delitos tributarios, el juez, para determinar el monto del impuesto evadido, está obligado a realizar una verificación que, aunque no puede prescindir de los criterios de verificación de la base imponible establecidos por la legislación fiscal, sufre las limitaciones que derivan de la diferente finalidad de la verificación penal y de las reglas que la rigen, de modo que, en el caso de que los ingresos no indicados en las declaraciones fiscales obligatorias sean identificados no sobre la base de presunciones, sino de elementos documentales precisos, como los ingresos registrados en la contabilidad o en las cuentas bancarias, los costos correlativos solo pueden ser reconocidos en presencia de alegaciones fácticas de las que deducir la certeza o, en todo caso, la duda razonable de su existencia. (Supuesto relativo al delito de no presentación de declaraciones fiscales, en el que el impuesto adeudado había sido cuantificado sobre la base de ingresos registrados en contabilidad y, en parte, de transferencias entrantes a las cuentas referibles a la empresa).
Un aspecto crucial subrayado por la sentencia se refiere a la importancia de contar con una documentación sólida. La Corte destaca que los ingresos no declarados deben estar respaldados por elementos documentales concretos, como los ingresos registrados. Por lo tanto, los contribuyentes deben prestar especial atención a la correcta registración de las operaciones, para evitar problemas relacionados con la verificación de su situación tributaria.
La sentencia n. 17214 de 2023 representa un importante punto de referencia en la jurisprudencia en materia de delitos tributarios. Aclara la necesidad de una verificación rigurosa y documentada, destacando cómo los criterios de verificación penal difieren de los administrativos. Para los profesionales del sector, es esencial tener en cuenta estas indicaciones para orientar correctamente a sus clientes y garantizar una gestión fiscal conforme a las normativas vigentes.