La semilibertad surrogatoria: comentario sobre la sentencia n. 24438 de 2023

La reciente sentencia n. 24438 del 26 de abril de 2023, emitida por la Corte de Casación, ha suscitado un notable interés en el mundo legal, en particular en lo que respecta a las medidas alternativas a la detención. Este pronunciamiento aclara que la semilibertad denominada surrogatoria puede ser concedida también a quienes han sido condenados por delitos graves, como lo prevé el art. 4-bis del código penal. Pero, ¿qué significa exactamente esta decisión y cuáles son las implicaciones prácticas para el sistema penitenciario?

El contexto normativo y la decisión de la Corte

La Corte de Casación ha examinado el caso de un imputado, D. A., condenado por delitos previstos en los artículos 4-bis, incisos 1-ter y 1-quater de la ley del 26 de julio de 1975, n. 354, en materia de ordenamiento penitenciario. La sentencia afirma que la semilibertad surrogatoria, regulada por el art. 50, inciso 2, de la misma ley, puede ser concedida también en presencia de condenas por delitos graves. Esto representa una importante apertura del sistema, ya que tradicionalmente las medidas alternativas se reservaban a condenados por delitos menos graves.

01 Presidente: ROCCHI GIACOMO. Ponente: BIANCHI MICHELE. Relator: BIANCHI MICHELE. Imputado: ABBATI DAVID. P.M. SERRAO D'AQUINO PASQUALE. (Dif.) Anula con remisión, TRIB. VIGILANCIA ROMA, 06/10/2022 563000 INSTITUTOS DE PREVENCIÓN Y DE PENA (ORDENAMIENTO PENITENCIARIO) - Medidas alternativas a la detención - Semilibertad denominada surrogatoria - Condenado por los delitos previstos en el art. 4-bis, incisos 1-ter y 1-quater ord.pen. - Concesión. En materia de medidas alternativas, la semilibertad denominada surrogatoria de la que trata el art. 50, inciso 2, tercer período, ley del 26 de julio de 1975, n. 354, puede ser concedida también en caso de condena por uno de los delitos indicados en el art. 4-bis, incisos 1-ter y 1-quater, de la misma ley.

Implicaciones de la sentencia

Esta decisión tiene un impacto significativo en el tratamiento de las personas detenidas y en su posible reintegración en la sociedad. La posibilidad de acceder a la semilibertad surrogatoria, incluso para quienes han cometido delitos graves, representa un cambio de paradigma en el tratamiento penal y en la gestión de las penas. Las implicaciones son las siguientes:

  • Favorecer el reinserción social: el acceso a medidas alternativas puede reducir el riesgo de reincidencia, facilitando el reinserción de las personas condenadas.
  • Respetar los derechos humanos: la decisión se alinea con los principios de dignidad y respeto de los derechos humanos, promoviendo un tratamiento más humano de los detenidos.
  • Aligerar el hacinamiento carcelario: conceder medidas alternativas puede contribuir a reducir el número de detenidos en las cárceles italianas, un problema crónico de nuestro sistema penitenciario.

Conclusiones

La sentencia n. 24438 de 2023 marca un importante avance en el reconocimiento de las medidas alternativas a la detención en nuestro ordenamiento. La Corte de Casación ha demostrado una visión innovadora, considerando la semilibertad surrogatoria no como un privilegio reservado a unos pocos, sino como una herramienta útil para la rehabilitación y el reinserción social. Es fundamental que los operadores del derecho y las instituciones se comprometan a garantizar la efectiva aplicación de estas medidas, para que puedan contribuir a un sistema penal más justo y equitativo.

Estudio Jurídico Bianucci