Sentencia n. 17164 de 2024: El ejercicio abusivo de la profesión médica por parte del odontotécnico

La reciente sentencia n. 17164 del 25 de marzo de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece importantes aclaraciones respecto al ejercicio de la profesión médica y a las competencias de los odontotécnicos. En particular, la decisión subraya que las conductas de toma de impresiones dentales e inspección de la cavidad oral por parte de un odontotécnico, para la verificación o instalación de prótesis, configuran el delito de ejercicio abusivo de la profesión médica. Este artículo se propone analizar los principales aspectos de esta sentencia, considerando también el contexto normativo pertinente.

La máxima de la sentencia

Profesión médica - Toma de impresiones dentales e inspección de la cavidad oral del paciente por parte de odontotécnico - Configurabilidad del delito - Existencia - Razones. Integran el delito de ejercicio abusivo de la profesión médica las conductas consistentes en la toma directa de impresiones dentales y en la inspección de la cavidad oral del paciente por parte de un odontotécnico para verificar las condiciones de una prótesis o para instalarla, dado que para tal figura profesional el art. 11, r.d. 31 de mayo de 1928, n. 1334 prohíbe cualquier maniobra en la boca del paciente.

Esta máxima destaca la posición de la Corte respecto a las competencias profesionales de los odontotécnicos, estableciendo claramente que tales figuras no pueden intervenir directamente en la cavidad oral de los pacientes. La normativa de referencia, en particular el artículo 11 del Real Decreto 31 de mayo de 1928, n. 1334, reitera este principio, prohibiendo cualquier maniobra que pueda ser considerada de competencia médica.

El contexto normativo y jurídico

El Código Penal italiano, en su artículo 348, establece las sanciones para quien ejerce abusivamente una profesión para la cual se requiere una específica habilitación. Esta disposición se aplica también en el caso en que el odontotécnico, en el cumplimiento de sus funciones, sobrepase los límites establecidos por la ley. La Corte Constitucional ha reiterado en múltiples ocasiones la importancia de proteger la salud pública mediante una estricta regulación de las profesiones sanitarias.

  • El respeto de las competencias profesionales es fundamental para garantizar la seguridad de los pacientes.
  • El odontotécnico debe limitarse a la construcción y reparación de prótesis dentales, sin intervenir directamente en la boca del paciente.
  • Las violaciones pueden acarrear graves consecuencias legales y profesionales.

Conclusiones

La sentencia n. 17164 de 2024 representa un importante punto de referencia para la profesión odontotécnica y para la protección de la salud pública. Aclara que cualquier intervención directa en la cavidad oral de los pacientes por parte de un odontotécnico es considerada ilegítima y sancionable penalmente. Es crucial que los profesionales del sector sean siempre conscientes de sus competencias y de los límites impuestos por la ley, con el fin de evitar el riesgo de incurrir en sanciones por ejercicio abusivo de la profesión médica. Solo a través del respeto de las normativas vigentes se puede garantizar un servicio de calidad y seguridad para los pacientes.

Estudio Jurídico Bianucci