Fraude y derecho de querella: comentario sobre la sentencia n. 15134 de 2024

La sentencia n. 15134 del 07 de febrero de 2024, emitida por la Corte de Apelaciones de L'Aquila, ofrece una importante interpretación del derecho de querella en materia de fraude. En particular, se aclara que la legitimación para presentar querella no corresponde solo a la persona directamente engañada, sino también a quien ha sufrido un daño patrimonial a causa de la conducta ilícita. Este aspecto adquiere una notable relevancia en la comprensión de los derechos de las víctimas en situaciones de fraude.

La legitimación para la querella

La Corte ha establecido que

"Persona ofendida por el delito - Titular del patrimonio afectado por la conducta fraudulenta - Inducción en error de otro sujeto en posesión del bien defraudado - Legitimación de este último para presentar querella - Existencia - Razones.
En materia de fraude, la titularidad del derecho de querella corresponde tanto al sujeto engañado y materialmente defraudado del bien cuya aprehensión estaba dirigida la conducta ilícita, como al sujeto que ha sufrido el daño patrimonial, es decir, a aquel que tiene derecho de propiedad sobre el bien ilícitamente aprehendido, siendo posible la coexistencia de más de un sujeto pasivo de un mismo delito."

Esta pronuncia aclara que en caso de fraude, la acción legal puede ser emprendida por más de un sujeto, ampliando así la protección de las víctimas. No es raro que, en situaciones de fraude, haya más personas involucradas, cada una de las cuales puede haber sufrido un daño directo o indirecto. Esto es particularmente importante en un contexto en el que los delitos contra el patrimonio son cada vez más comunes y complejos.

Implicaciones prácticas de la sentencia

Las implicaciones prácticas de esta sentencia son múltiples:

  • Expansión de la legitimación para presentar querella, en beneficio de más sujetos;
  • Mayor protección para los sujetos que no han sido directamente engañados pero han sufrido un daño;
  • Reconocimiento de la coexistencia de más daños derivados del mismo delito.

Esta decisión representa un paso adelante en la protección de los derechos de las víctimas de fraude, haciendo más accesible la justicia a quienes han sufrido injusticias económicas.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n. 15134 de 2024 de la Corte de Apelaciones de L'Aquila refuerza el derecho de querella en materia de fraude, reconociendo la legitimación no solo a quien ha sido directamente engañado, sino también a quien ha sufrido un daño patrimonial. Este enfoque no solo amplía la protección jurídica para las víctimas, sino que también contribuye a una mayor responsabilidad social y jurídica frente a los delitos contra el patrimonio. Es fundamental que quienes han sufrido un daño se sientan legitimados para defender sus derechos y buscar justicia.

Estudio Jurídico Bianucci