Comentario a la Sentencia n. 37751 de 2024: Responsabilidad de las entidades y archivo

La sentencia n. 37751, depositada el 15 de octubre de 2024, representa una importante pronunciamiento de la Corte de Casación en materia de responsabilidad penal de las entidades, según el decreto legislativo n. 231 de 2001. En este artículo, analizaremos los puntos clave de la sentencia, prestando especial atención al concepto de anormalidad de la imputación coactiva y a las implicaciones para las sociedades involucradas en procedimientos penales.

El Contexto Normativo

El decreto legislativo n. 231 de 2001 ha introducido en nuestro ordenamiento la responsabilidad penal de las personas jurídicas, estableciendo que una entidad puede ser considerada responsable por delitos cometidos en su interés o en su beneficio. Sin embargo, la ley prevé que, si el fiscal solicita el archivo para un investigado, y esto ocurre también para la entidad, la imputación coactiva no puede ser dispuesta.

Responsabilidad penal de las entidades - Solicitud de archivo presentada en contra del investigado - Acto de archivo dispuesto por el fiscal en contra de la entidad ex art. 58 d.lgs. n. 231 de 2001 - Orden de imputación coactiva emitida también en contra de la entidad - Anormalidad - Existencia - Razones. En materia de responsabilidad penal de las entidades, es anormal, en cuanto expresión de un poder legítimo pero ejercido fuera de los casos normativamente permitidos, el acto con el cual el juez de instrucción, ante una solicitud de archivo presentada en contra del investigado por parte del fiscal, que además ha archivado de manera autónoma, ex art. 58 d.lgs. 8 de junio de 2001, n. 231, el procedimiento por la responsabilidad administrativa de la entidad, disponga la imputación coactiva, además de respecto al investigado, también en contra de la entidad. (En aplicación del principio, la Corte ha anulado sin remisión la orden con la cual el juez, tras la oposición de la persona ofendida, había ordenado la formulación de la imputación respecto tanto a las personas físicas como a la entidad, limitadamente a esta última).

Las Implicaciones de la Sentencia

La Corte ha establecido que la imputación coactiva en contra de una entidad, en presencia de una solicitud de archivo, debe considerarse anormal. Este principio es fundamental ya que reafirma que, en caso de archivo, no hay espacio para una acusación que pueda recaer sobre la entidad si no se han respetado los procedimientos correctos. Tal decisión tiene como objetivo garantizar un justo equilibrio entre las necesidades de justicia y la protección de las entidades frente a procedimientos penales infundados.

  • Claridad sobre los procedimientos de archivo.
  • Protección para las personas jurídicas contra imputaciones no justificadas.
  • Reafirmada la separación entre responsabilidad individual y responsabilidad de la entidad.

Conclusiones

La sentencia n. 37751 de 2024 ofrece una importante reflexión sobre la responsabilidad penal de las entidades y sobre las modalidades de imputación. Destaca la necesidad de un riguroso respeto de los procedimientos legales y de una correcta interpretación de las normas vigentes. Las empresas deben prestar especial atención a estas dinámicas, ya que la responsabilidad penal es un tema cada vez más relevante en el contexto jurídico actual. Es fundamental que las entidades se doten de modelos organizativos adecuados, para prevenir comportamientos ilícitos y protegerse de posibles consecuencias legales.

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