Análisis de la Sentencia n. 29959 de 2024: La Remisión Tácita de Querella

La sentencia n. 29959 del 13 de junio de 2024, depositada el 22 de julio de 2024, aborda un tema crucial en el derecho penal: la remisión tácita de querella por parte del representante legal de una entidad. Este principio, al introducir nuevas condiciones, ofrece una reflexión sobre las dinámicas jurídicas que regulan las querellas y el papel de los testigos en las audiencias.

El Contexto Normativo

La cuestión se inserta en el marco normativo del art. 152, apartado tercero, n. 1, del Código Penal, modificado por el Decreto Legislativo n. 150 de 2022, que entró en vigor el 30 de diciembre de 2022. Este artículo establece que la remisión tácita de la querella se aplica también en el caso en que el representante legal de una entidad, que ha presentado la querella, no se presente a la audiencia como testigo. Sin embargo, para que esto ocurra, es necesario que el representante mantenga su cargo en la fecha de la audiencia y que el estatuto de la entidad lo legitime para remitir la querella.

Las Condiciones de la Remisión Tácita

Remisión tácita de querella presentada por el representante legal de una entidad - Falta de comparecencia en calidad de testigo en la audiencia - Aplicabilidad del art. 152, apartado tercero, n. 1, cod. penal, introducido por el art. 1, apartado 1, letra h), d.lgs. n. 150 de 2022 - Existencia - Condiciones. En materia de remisión tácita de la querella, lo dispuesto en el art. 152, apartado tercero, n. 1, cod. penal, introducido por el art. 1, apartado 1, letra h), d.lgs. 10 de octubre de 2022, n. 150, en vigor desde el 30 de diciembre de 2022, opera también en el caso en que el testigo que no compareció a la audiencia sin justificación haya presentado previamente una querella en calidad de representante legal, en funciones, de la entidad ofendida, bajo la doble condición de que mantenga tal calidad en la fecha de la audiencia y de que esté legitimado por el estatuto de la entidad representada para remitir la querella, no compareciendo a la audiencia para la cual haya sido citado como testigo.

Estas condiciones destacan cómo la ley pretende garantizar una cierta estabilidad y responsabilidad en las relaciones jurídicas. De hecho, la figura del representante legal debe ser capaz de actuar en interés de la entidad, y su falta de comparecencia no debe comprometer automáticamente el derecho de remisión de la querella. Por lo tanto, es fundamental que los representantes legales sean siempre conscientes de sus responsabilidades y de las normas que los regulan.

Implicaciones Prácticas de la Sentencia

La sentencia ofrece importantes reflexiones para los operadores del derecho y las empresas. A continuación, algunas implicaciones prácticas:

  • Fortalecimiento del papel del representante legal en la actividad de querella.
  • Necesidad de una clara definición estatutaria de los poderes del representante.
  • Conciencia de los derechos y deberes legales en caso de audiencia.

En conclusión, la sentencia n. 29959 de 2024 representa una importante evolución jurídica en el ámbito de la remisión tácita de querella, ofreciendo nuevas perspectivas para la gestión de las querellas en el contexto penal. Los operadores del derecho y los representantes legales de entidades están llamados a una mayor atención y preparación para enfrentar los desafíos legales relacionados con tales dinámicas.

Estudio Jurídico Bianucci