Cassación n. 3791/2024: Responsabilidad del Empleador y Carga de la Prueba en el Mobbing

La Corte de Casación, con la orden n. 3791 del 12 de febrero de 2024, ha abordado un caso de mobbing, estableciendo principios importantes en materia de responsabilidad del empleador y carga de la prueba. La situación involucró a una trabajadora que solicitaba una indemnización por daños patrimoniales y no patrimoniales sufridos a causa de comportamientos abusivos por parte del Ministerio de Educación, Universidad e Investigación (MIUR).

El Caso y la Decisión de la Corte de Apelación

En primera instancia, el Tribunal de Fermo había rechazado la solicitud de la recurrente, decisión posteriormente confirmada por la Corte de Apelación de Ancona. Esta última negó la existencia de mobbing, considerando insuficiente la prueba de comportamientos persecutorios sistemáticos y de la intención abusiva.

La ausencia constatada de los extremos del mobbing no disminuye la necesidad de evaluar y comprobar la posible responsabilidad del empleador.

Sin embargo, la Corte de Apelación no consideró adecuadamente el nexo entre las condiciones laborales y el daño a la salud de la trabajadora, limitándose a confirmar la ausencia de mobbing sin analizar más a fondo la responsabilidad del empleador.

Principios de Responsabilidad y Carga de la Prueba

La Corte de Casación ha acogido los motivos del recurso, subrayando que el artículo 2087 del código civil impone al empleador adoptar medidas adecuadas para proteger la salud y la integridad de los trabajadores. Incluso en ausencia de mobbing, el empleador puede ser considerado responsable si no ha prevenido un ambiente de trabajo estresante.

  • El empleador debe demostrar haber adoptado medidas de prevención adecuadas.
  • El trabajador debe probar la existencia del daño y el nexo causal con el ambiente de trabajo.
  • La distinción entre mobbing y straining no altera la responsabilidad del empleador.

En definitiva, la orden establece que, en caso de comprobada inexistencia de mobbing, el juez debe verificar la responsabilidad del empleador por posibles omisiones en la adopción de medidas preventivas.

Conclusiones

La sentencia n. 3791/2024 de la Corte de Casación representa un importante avance en la protección de los trabajadores. Aclara que, incluso en ausencia de mobbing, el empleador está obligado a garantizar un ambiente de trabajo sano y libre de estrés. Esta decisión pone un fuerte énfasis en la responsabilidad proactiva del empleador y en la necesidad de prevenir posibles daños a la salud de los trabajadores, confirmando la complejidad de la materia y la importancia de una correcta aplicación de las normas vigentes.

Artículos Relacionados