Ocupación Usurpativa y Apropiativa: Comentario a la Sentencia n. 18222 de 2024

La reciente Ordenanza n. 18222 del 3 de julio de 2024, emitida por la Corte de Casación, ha proporcionado importantes aclaraciones sobre las distinciones entre ocupación usurpativa y ocupación apropiativa, en particular en relación con las acciones de indemnización por daños. Esta sentencia es de fundamental importancia para comprender las responsabilidades de la administración pública en caso de ocupación de terrenos sin el debido decreto de expropiación.

La Distinción entre Ocupación Usurpativa y Apropiativa

Según la sentencia, la ocupación usurpativa se produce cuando se lleva a cabo una transformación del terreno en ausencia de una declaración de utilidad pública, mientras que la ocupación apropiativa se caracteriza por la transformación irreversible del propio terreno. Ambas categorías implican una responsabilidad indemnizatoria de la administración pública, como se establece en el artículo 2043 del Código Civil.

  • Ocupación Usurpativa: Se produce en ausencia de un decreto de expropiación y puede ser originaria o sobrevenida.
  • Ocupación Apropiativa: Implica una transformación irreversible del terreno, sin el necesario procedimiento expropiativo.

Recalificación de la Solicitud de Indemnización

Un aspecto crucial de la sentencia es la posibilidad de recalificación de la solicitud de indemnización. De hecho, el juez tiene la facultad de considerar que una solicitud formulada originalmente como acción por ocupación usurpativa pueda ser considerada como relativa a ocupación apropiativa. Este aspecto es fundamental para garantizar la protección de los derechos de los propietarios y para evitar que la administración pública eluda sus responsabilidades.

D'URGENZA (OBRAS DE DESAGÜE Y TRABAJOS PARA LA RECONSTRUCCIÓN DE OO.PP.) INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Ocupación usurpativa – Notion – Ocupación apropiativa – Notion – Proposición de acción de indemnización por daños – Como consecuencia de ocupación usurpativa – Aceptación de la solicitud – Recalificada por el juez como relativa a ocupación apropiativa – Admisibilidad – Fundamentación.

Conclusiones

En conclusión, la Ordenanza n. 18222 de 2024 ha confirmado la importancia de una correcta interpretación de las normas relacionadas con la expropiación por utilidad pública. La posibilidad de recalificación de las solicitudes de indemnización ofrece una mayor protección a los propietarios, garantizando que las acciones de la administración pública estén siempre sujetas a un control jurídico. Es esencial que los ciudadanos estén informados sobre estos derechos y que se dirijan a profesionales del sector legal para proteger sus posiciones en caso de ocupaciones ilegítimas.

Estudio Jurídico Bianucci