Indemnización por daños y responsabilidad civil: comentario sobre la sentencia n. 18217/2023

La reciente sentencia de la Corte de Casación n. 18217 del 26 de junio de 2023 se presenta como un importante punto de referencia para la jurisprudencia en materia de responsabilidad civil e indemnización por daños, especialmente en los casos de difamación a través de la prensa. La situación comenzó con la publicación de un artículo en un conocido diario, en el que el geólogo A.A. fue injustamente asociado a una investigación de mafia, causando daños significativos a su reputación y carrera.

El caso A.A. y sus implicaciones legales

El recurrente, A.A., vio su imagen pública comprometida debido a un artículo que lo identificaba erróneamente como investigado por complicidad externa en asociación mafiosa. La Corte de Apelación de Catania, aunque reconoció la responsabilidad del Grupo Editorial Gedi por el daño no patrimonial, redujo el importe de la indemnización de 50.000 a 10.000 euros, excluyendo el daño patrimonial. Esta decisión llevó a A.A. a recurrir a la Corte de Casación, destacando la necesidad de una correcta evaluación de los daños sufridos.

La Corte de Casación subrayó la importancia de considerar todos los elementos que pueden influir en la cuantificación del daño, especialmente en lo que respecta a la gravedad de la difamación y su difusión.

La evaluación del daño no patrimonial

La Casación acogió los motivos de recurso de A.A., destacando que la Corte de Apelación no aplicó correctamente los criterios previstos por las tablas milanesas para la liquidación del daño no patrimonial. Una serie de factores, como la notoriedad del difamado y la gravedad de la noticia, deben ser considerados en la evaluación final. En este contexto, la Casación aclaró que no es suficiente considerar el error como involuntario y episódico, sino que es necesario analizar el impacto que ha tenido en la vida profesional y personal del perjudicado.

Conclusiones y perspectivas futuras

La decisión de la Corte de Casación representa un importante avance en la protección de los derechos de los ciudadanos contra la difamación a través de la prensa. Establece que la evaluación del daño debe ser realista y proporcional a la gravedad del ilícito. La cuestión del daño patrimonial, excluido por la Corte de Apelación, permanece abierta y será objeto de una nueva evaluación, con un reenvío para un nuevo examen. Este caso subraya la importancia de una información correcta y responsable, para que episodios similares no se repitan en el futuro.

Estudio Jurídico Bianucci