La sentencia n. 26303 de 2019 de la Corte de Casación ofrece importantes reflexiones sobre la responsabilidad profesional en el ámbito sanitario, en particular respecto a los daños no patrimoniales y al concepto de pérdida de oportunidad. La contienda judicial tuvo como protagonista a M. F. B., quien, fallecido a causa de un melanoma metastásico, vio a sus herederos cuestionar la responsabilidad de la estructura hospitalaria por un error diagnóstico.
La Corte de Apelación de Catania había inicialmente excluido la responsabilidad de los sanitarios, considerando que el error diagnóstico no había afectado la posibilidad de supervivencia del paciente. La Corte destacó que, incluso en caso de un diagnóstico correcto, no se habrían implementado terapias distintas de las ya previstas. Sin embargo, reconoció un daño por empeoramiento del sufrimiento y de la calidad de vida, liquidando una indemnización por la incapacidad temporal.
La Corte estableció que el retraso en el diagnóstico no habría modificado la prognosis, ya que la patología estaba en fase avanzada y no habría beneficiado de tratamientos alternativos.
Los recurrentes plantearon numerosos motivos, incluida una supuesta omisión de examen de hechos decisivos, pero la Corte rechazó tales censuras. Se evidenció que, según los principios de derecho, la carga de la prueba sobre el nexo causal recae en el perjudicado, quien debe demostrar que el error médico ha provocado efectivamente un daño. La Corte confirmó la ausencia de un nexo causal entre el error diagnóstico y el resultado fatal, destacando que, incluso con un diagnóstico oportuno, no se habrían implementado terapias efectivas.
En conclusión, la sentencia n. 26303 de 2019 subraya cuán fundamental es para los pacientes demostrar no solo la negligencia de los sanitarios, sino también el impacto directo de dicha negligencia en su salud. La Corte llamó la atención sobre la diferencia entre un daño inmediato y una mera posibilidad de mejora, destacando cómo el error diagnóstico, aunque relevante, no conlleva automáticamente una indemnización por “pérdida de oportunidad”.
En síntesis, la sentencia de la Casación ofrece una visión clara y articulada sobre la responsabilidad médica, destacando la necesidad de pruebas concretas para sostener las solicitudes de indemnización. Es un llamado a la prudencia para los abogados que se ocupan de la responsabilidad sanitaria, subrayando la importancia de una estrategia defensiva bien articulada y respaldada por evidencias técnicas.