La reciente orden de la Corte de Casación, n. 16874 del 25 de mayo de 2022, ofrece reflexiones significativas sobre el tema de la responsabilidad profesional en el ámbito sanitario. La situación se originó a partir de una demanda en la que una paciente, D.M.M., solicitó una indemnización por daños sufridos debido a un supuesto retraso diagnóstico por parte de la ginecóloga D.R. Esta decisión destaca la importancia de la consultoría técnica y las implicaciones que una correcta gestión de la misma puede tener en el juicio final.
La paciente acusó a la ginecóloga de no haber realizado más pruebas a pesar de las evidencias ecográficas que sugerían la presencia de una patología tumoral. Después del primer grado, en el que el Tribunal de Roma acogió la demanda de indemnización, la ginecóloga impugnó la sentencia. La Corte de Apelación, sin embargo, confirmó la decisión de primer grado, llevando a la recurrente a presentar un recurso en Casación.
La recurrente se quejó de la violación del art. 196 c.p.c., argumentando que la Corte de Apelación no había justificado adecuadamente el rechazo a la renovación de la consultoría técnica de oficio. Este punto es crucial, ya que la consultoría técnica es una herramienta fundamental para la evaluación de la responsabilidad médica y para la determinación de los hechos.
La Corte de Casación afirmó que no existía la supuesta omisión de examen, ya que la cuestión profesional había sido ampliamente tratada.
Esta sentencia de la Casación reafirma la importancia de una correcta gestión de las consultorías técnicas en el contexto de la responsabilidad médica. La Corte aclaró que las decisiones deben basarse en un análisis profundo de las pruebas y de los informes presentados, evitando un enfoque meramente formal. Por lo tanto, para los profesionales del sector legal y sanitario, es vital garantizar que cada aspecto de la consultoría sea cuidadosamente considerado y justificado, ya que esto puede influir significativamente en el resultado de las controversias legales.