Indemnización por daños: comentario sobre la sentencia Cass. civ., Sez. III, Ord. n. 31730/2024

La reciente orden de la Corte de Casación, n. 31730 del 10 de diciembre de 2024, ofrece importantes reflexiones sobre la responsabilidad civil en materia de productos alimentarios y sobre el respeto a las pericias técnicas en el proceso. La historia se origina a partir de un caso de malestar sufrido por A.A. debido a un producto alimentario contaminado, y se desarrolla a través de diferentes instancias judiciales, culminando con la decisión de la Corte Suprema que acogió el recurso del perjudicado.

El caso y la pronunciación de la Corte de Apelación

El recurrente, A.A., había sufrido daños tras la ingestión de un alimento infestado de insectos, adquirido en Iperfamila, ahora en liquidación. El Tribunal de Catania había inicialmente reconocido la responsabilidad de la empresa vendedora, condenándola a indemnizar el daño cuantificado en 3.000 euros. Sin embargo, la Corte de Apelación acogió el recurso incidental de la empresa, imponiendo a PEDON Spa que exonerara a Iperfamila, creando confusión sobre la responsabilidad final y sobre la cuantía de la indemnización.

La Corte destacó la necesidad de una motivación adecuada cuando el juez se aparta de las conclusiones de la pericia técnica de oficio.

Las motivaciones del recurso

A.A. impugnó la sentencia de apelación por tres motivos principales: defecto de motivación, contradicción y violación de la obligación de motivación del juez. En particular, el recurrente sostuvo que la Corte de Apelación no consideró adecuadamente las evidencias proporcionadas por la pericia técnica, que attestaban un nexo causal entre el malestar y el evento dañino. Además, cuestionó la supuesta falta de documentación médica sobre sus condiciones de salud preexistentes.

  • Defecto motivacional sobre la pericia técnica.
  • Contradicciones en la evaluación del daño.
  • Injustificada distribución de las costas procesales.

Las implicaciones de la decisión de la Cassazione

La Cassazione, al acoger el recurso, subrayó que el juez que se aparta de las conclusiones de la pericia debe proporcionar una motivación específica y bien argumentada. La Corte observó que la sentencia impugnada no cumplía con tales requisitos, presentando una motivación aparente y genérica. Este aspecto es crucial, ya que destaca la importancia de la transparencia y la coherencia en las decisiones judiciales, especialmente en casos complejos como el que se examina.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n. 31730/2024 de la Corte de Casación representa un importante recordatorio sobre la importancia de la motivación en las decisiones jurídicas y sobre la correcta aplicación de las pericias técnicas. La Corte ha remitido la cuestión a la Corte de Apelación de Catania, subrayando la necesidad de un examen cuidadoso y motivado de las pruebas y de los daños reclamados por A.A., garantizando así un proceso justo y una adecuada protección de los derechos del ciudadano.

Estudio Jurídico Bianucci