Responsabilidad civil: la sentencia Cass. civ., Sez. III, Ord. n. 2483/2018 y el caso de M.T.

La reciente orden de la Corte Suprema de Casación n. 2483 de 2018 ha proporcionado importantes aclaraciones en relación con la responsabilidad civil en caso de daños sufridos por menores. En particular, el caso en cuestión se refiere a M.T., una niña que cayó en un barranco mientras jugaba cerca de la carretera, y la consiguiente indemnización solicitada por los daños al Ayuntamiento. Este artículo se propone analizar los principales aspectos jurídicos y las implicaciones prácticas de la sentencia, destacando el papel de la vigilancia parental y las responsabilidades públicas.

El caso de M.T. y la decisión de la Corte de Casación

M.T., demandada por el Ayuntamiento, solicitó la indemnización por los daños sufridos a causa de una caída en un barranco adyacente a la carretera municipal. El Tribunal de Locri había inicialmente aceptado la solicitud, pero la Corte de Apelación de Reggio Calabria redujo el importe de la indemnización, argumentando que la caída no podía ser atribuida a un defecto de vigilancia por parte de los padres. La Corte consideró que el Ayuntamiento era responsable por no haber adoptado medidas preventivas adecuadas.

En el caso de M.T., la Corte estableció que la responsabilidad del Ayuntamiento se basa en la omisión de medidas de seguridad necesarias para prevenir accidentes, destacando la responsabilidad extracontractual según el art. 2043 c.c.

Las cuestiones jurídicas planteadas

La Corte de Casación aceptó los motivos de recurso del Ayuntamiento, argumentando que la Corte de Apelación no había considerado adecuadamente el comportamiento de la menor y su eventual incidencia causal en el evento dañino. Los puntos destacados de la decisión incluyen:

  • Análisis de la responsabilidad ex art. 2043 c.c. y art. 1227 c.c. respecto a la concurrencia de culpas.
  • Evaluación de la eficacia causal de la conducta de la menor en la determinación del daño.
  • Reconocimiento de que la conducta imprudente de la víctima puede reducir proporcionalmente la obligación de indemnización.

Conclusiones

La sentencia n. 2483/2018 de la Corte de Casación aclara cómo la responsabilidad civil debe ser evaluada considerando tanto la conducta del perjudicado como la del custodio de la cosa. En el caso de menores, la vigilancia parental juega un papel fundamental, pero no puede excluir la responsabilidad de los entes públicos por las medidas de seguridad que deben ser adoptadas. Este principio es crucial para garantizar una justa aplicación de la ley y proteger los derechos de los menores en situaciones de riesgo.

Artículos Relacionados