Responsabilidad civil por cosas bajo custodia: comentario a la Cass. civ., Ord. n. 2481/2018

La reciente orden de la Corte de Casación, n. 2481 de 2018, ofrece puntos significativos en relación con la responsabilidad civil por los daños provocados por cosas bajo custodia, según lo previsto en el art. 2051 c.c. La sentencia analiza el caso de un damnificado, S.V., que solicitó una indemnización al Ayuntamiento de Vicenza por las lesiones sufridas a raíz de una caída en un pavimento irregular. La Corte reafirmó algunos principios fundamentales respecto a la evaluación del nexo causal y la conducta del damnificado.

Los principios de responsabilidad ex art. 2051 c.c.

La Corte ha reconfirmado que la responsabilidad por daños de cosas bajo custodia es de naturaleza objetiva, lo que implica que el damnificado debe demostrar solo la existencia de un nexo causal entre la cosa y el daño sufrido. Este principio se basa en varios elementos, entre los que se incluyen:

  • La relación de custodia de la cosa.
  • La necesidad de probar que el daño fue causado por la cosa custodiada.
  • El papel del caso fortuito como eximente de la responsabilidad del custodio.
La responsabilidad ex art. 2051 c.c. postula la existencia de una relación de custodia y una relación de hecho entre un sujeto y la cosa, tal que permita el poder de controlarla.

En el caso examinado, el Tribunal de Vicenza había considerado que la conducta de S.V. era imprudente, interrumpiendo el nexo causal entre el daño y el Ayuntamiento. La Corte confirmó que el comportamiento del damnificado debe ser evaluado objetivamente, considerando las circunstancias y el contexto en el que ocurrió el incidente.

La conducta del damnificado y el nexo causal

Un aspecto crucial que surgió de la sentencia es que la conducta del damnificado puede constituir un caso fortuito, excluyendo la responsabilidad del custodio. La Corte destacó que el damnificado tiene el deber de adoptar precauciones razonables, especialmente en situaciones donde el peligro es evidente. En el caso específico, S.V. eligió atravesar un tramo de pavimentación irregular, a pesar de que estaban disponibles alternativas más seguras.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n. 2481/2018 de la Corte de Casación ofrece una clara interpretación de los principios de responsabilidad por cosas bajo custodia. Subraya la importancia de la conducta del damnificado en la determinación del nexo causal y la responsabilidad del custodio. Este enfoque podría influir en futuros litigios, requiriendo una mayor atención a la prudencia por parte de los usuarios de bienes públicos.

Estudio Jurídico Bianucci