La sentencia n. 25191 del 2023 de la Corte de Casación ofrece una importante reflexión sobre la responsabilidad del empleador en relación con las enfermedades profesionales y sobre la indemnización del daño diferencial. En este artículo, analizaremos los puntos destacados de esta decisión, subrayando las implicaciones para los trabajadores y las empresas.
El caso se refiere a un trabajador, A.A., que ha sufrido una intervención quirúrgica debido a una patología profesional derivada de su actividad laboral como conductor. La Corte de apelación de Messina reconoció el derecho de A.A. a la indemnización del daño diferencial, estableciendo un nexo de causalidad entre su profesión y la enfermedad. El caso llegó a la Corte de Casación a raíz del recurso de Omissis Spa, el empleador, que impugnó la sentencia.
La responsabilidad del empleador se suma a la meramente indemnizatoria del INAIL, siendo diferentes el fundamento, los ámbitos y las funciones de las dos áreas encargadas de la reparación de enfermedades y accidentes laborales.
El recurso de Omissis Spa ha planteado diversas cuestiones, entre las que se incluyen:
La Corte ha aclarado que la responsabilidad del empleador no puede ser excluida ni siquiera en presencia de indemnizaciones por parte del INAIL. Además, ha reiterado que es fundamental demostrar un nexo causal, que en el caso específico ha sido comprobado.
Un aspecto crucial de la sentencia se refiere al reconocimiento del daño moral. El recurrente ha impugnado la ausencia de reconocimiento por el daño moral sufrido a causa de la enfermedad. La Corte ha destacado cómo el daño moral, entendido como sufrimiento psicológico y compromiso de la dignidad personal, debe ser considerado y evaluado en el conjunto indemnizatorio.
Según la jurisprudencia consolidada, el juez debe considerar todas las consecuencias negativas del evento dañino, tanto en el plano biológico como en el relacional, garantizando así una protección completa del trabajador afectado.
La sentencia de la Corte de Casación n. 25191 del 2023 representa un importante paso adelante en la protección de los derechos de los trabajadores, subrayando la responsabilidad del empleador en caso de enfermedad profesional. Ella destaca la necesidad de un enfoque integrado en la indemnización de daños, que considere no solo el aspecto patrimonial, sino también el daño moral y la dignidad del trabajador. Esta pronunciamiento invita a las empresas a reflexionar cuidadosamente sobre las condiciones laborales y la salud de sus empleados, para evitar consecuencias legales y garantizar un ambiente de trabajo sano y seguro.