Ordenanza n. 16780 de 2024: El nexo causal en los daños por emotransfusión

La reciente ordenanza n. 16780 del 17 de junio de 2024 de la Corte de Casación aborda una temática de gran relevancia en el campo de la indemnización por daños, en particular en lo que respecta a las consecuencias de las transfusiones de sangre infectada. Esta sentencia destaca cómo el reconocimiento del derecho a la indemnización previsto por la ley n. 210 de 1992 puede influir significativamente en la prueba del nexo causal en el contexto de una solicitud de indemnización.

El contexto normativo de la sentencia

La ley n. 210 de 1992 es fundamental en materia de indemnizaciones por daños derivados de transfusiones de sangre infectada. Según esta normativa, los sujetos que sufren daños a causa de emotransfusiones pueden obtener una indemnización. Sin embargo, la demostración del nexo causal entre la transfusión y el daño sufrido es a menudo compleja. La ordenanza en cuestión aclara que el acto de reconocimiento de la indemnización no es una confesión extrajudicial, sino que constituye un elemento de prueba significativo.

El principio de causalidad

CAUSALIDAD (NEXO DE) En general. En el juicio indemnizatorio promovido por los daños derivados de la transfusión de sangre infectada, el acto administrativo de reconocimiento del derecho a la indemnización en virtud de la ley n. 210 de 1992, aunque no constituya una confesión extrajudicial, constituye un elemento grave y preciso, suficiente por sí solo para justificar el recurso a la prueba presuntiva y hacer considerar probado, por ese medio, el nexo causal, frente no solo al Ministerio de Salud, sino también a otros sujetos que pudieran ser considerados responsables en el plano indemnizatorio (en este caso la gestión liquidatoria de una USSL suprimida), en razón de la naturaleza de presunción simple del medio de prueba.

Este extracto resalta la importancia del acto de indemnización como prueba indiciaria. Permite establecer una presunción simple del nexo causal, lo que significa que, en ausencia de pruebas contrarias, el reconocimiento de la indemnización puede ser utilizado para demostrar que el daño sufrido está directamente relacionado con la transfusión. Esto es particularmente relevante no solo para el Ministerio de Salud, sino también para otros sujetos que podrían ser considerados responsables, como las ex USSL.

Implicaciones prácticas de la sentencia

Las consecuencias de esta ordenanza pueden tener un impacto significativo en futuras solicitudes de indemnización por parte de sujetos damnificados. Es fundamental que los abogados expertos en derecho de la indemnización consideren esta sentencia en su trabajo. Se pueden delinear algunas implicaciones clave:

  • Reconocimiento del acto de indemnización como prueba indiciaria en la reafirmación del nexo causal.
  • Posibilidad de extender la responsabilidad indemnizatoria a sujetos diferentes del Ministerio de Salud.
  • Mayor claridad en los procedimientos de solicitud de indemnización por daños derivados de transfusiones.

Conclusiones

En conclusión, la ordenanza n. 16780 de 2024 representa un importante paso adelante en la protección de los derechos de los sujetos damnificados por emotransfusiones. A través del reconocimiento del acto de indemnización como prueba indiciaria, se facilita el camino hacia la justicia para aquellos que han sufrido daños. Los abogados y los profesionales del ámbito legal deberían prestar atención a esta pronunciamiento para garantizar que los derechos de sus clientes estén adecuadamente protegidos.

Estudio Jurídico Bianucci