Responsabilidad profesional en sanidad: análisis de la sentencia Cass. civ., Sez. III, n. 4400 de 2004

La sentencia de la Corte de Casación del 4 de marzo de 2004, n. 4400, representa un importante punto de referencia en la jurisprudencia italiana respecto a la responsabilidad profesional en el ámbito sanitario. En este caso, los familiares de un paciente fallecido debido a un error diagnóstico buscaron justicia, pero la Corte tuvo que afrontar cuestiones complejas relacionadas con la carga de la prueba y el nexo causal entre la conducta de los médicos y el evento letal.

El caso específico y las decisiones de los jueces

La situación tuvo origen en la muerte de A.B., ingresado en un hospital de Rho por fuertes dolores abdominales. Los médicos, tras una visita, omitieron realizar estudios adicionales y el paciente falleció a causa de una ruptura del aneurisma de la aorta. Los familiares demandaron al ente hospitalario, argumentando que el deceso se atribuía a un error diagnóstico.

La responsabilidad del ente hospitalario responde directamente de la negligencia e impericia de sus empleados en el ámbito de las prestaciones sanitarias realizadas al paciente.

El Tribunal de Milán inicialmente acogió las conclusiones de un perito, reconociendo el error diagnóstico, pero excluyó la responsabilidad por falta de nexo causal. La Corte de Apelación reafirmó esta posición, sosteniendo que no había elementos suficientes para afirmar la culpa de los sanitarios y que las posibilidades de supervivencia del paciente, en caso de un diagnóstico correcto, eran remotas.

Principios jurídicos emergentes de la sentencia

La Corte de Casación acogió el recurso, destacando que el ente hospitalario tiene la carga de probar que la prestación se realizó correctamente. Además, la Corte afirmó que, en caso de responsabilidad contractual, corresponde al deudor demostrar la ausencia de culpa, no al acreedor demostrar lo contrario. Este principio se basa en el artículo 1218 del Código Civil, que establece la responsabilidad por incumplimiento de las obligaciones.

  • El médico responde también por culpa leve.
  • La responsabilidad se presume según el art. 1218 c.c.
  • El nexo de causalidad puede existir también en caso de probabilidad de éxito de la intervención.

Conclusiones

La sentencia n. 4400 de 2004 es fundamental para comprender el delicado equilibrio entre los derechos de los pacientes y la responsabilidad de los entes sanitarios. Aclara que el error diagnóstico y la falta de estudios pueden constituir un incumplimiento, y que la prueba de la culpabilidad corresponde al ente hospitalario. Esta decisión tiene importantes implicaciones para los casos de mala praxis, subrayando la importancia de un diagnóstico oportuno y correcto en garantizar la seguridad de los pacientes.

Estudio Jurídico Bianucci