La sentencia n. 16754 del 21 de febrero de 2023 de la Corte de Casación representa una importante pronunciamiento en materia de responsabilidad civil y penal de los entes propietarios de las carreteras públicas. Este pronunciamiento aclara de manera inequívoca la obligación de vigilancia que recae sobre los entes, especialmente en caso de contratos para trabajos de mantenimiento, y pone de relieve las consecuencias de una gestión negligente de las infraestructuras viales.
En este caso específico, la Corte ha abordado la cuestión de la responsabilidad por homicidio involuntario surgida a raíz de un accidente de tráfico. La situación involucró a un funcionario encargado de la gestión y ejecución de un contrato de adjudicación para el mantenimiento de la red vial provincial. La ausencia de señalización adecuada y de iluminación en un tramo curvilíneo peligroso determinó el siniestro, llevando a la condena del funcionario por negligencia.
Entidad propietaria de la carretera destinada a uso público - Contrato para la ejecución de trabajos de mantenimiento - Obligación de vigilancia - Existencia - Supuesto. En materia de responsabilidad por culpa, existe a cargo de la Entidad propietaria de una carretera, destinada a uso público, una posición de garantía de la que deriva la obligación de vigilar para que ese uso se realice sin peligro, incluso en caso de concesión de contrato para la ejecución de trabajos de mantenimiento y vigilancia vial. (En aplicación del principio, la Corte consideró existente la responsabilidad del funcionario encargado de la gestión y ejecución del contrato de adjudicación para el mantenimiento ordinario y extraordinario de la red vial provincial por el homicidio involuntario consecuencia de un accidente de tráfico ocurrido por la falta de disposición de señalización adecuada y de iluminación en un tramo curvilíneo peligroso).
La sentencia pone énfasis en algunos aspectos fundamentales de la responsabilidad civil. Entre ellos, destaca el concepto de "posición de garantía" que implica una obligación de vigilancia constante por parte de la entidad propietaria de la carretera. Esto significa que, independientemente de la concesión de contratos para trabajos de mantenimiento, la entidad debe garantizar que las carreteras sean seguras para los usuarios. De lo contrario, puede ser considerada responsable por posibles daños o accidentes.
La sentencia n. 16754 de 2023 representa un importante avance en la protección de la seguridad vial y en la responsabilización de los entes públicos. Con su clara afirmación de la obligación de vigilancia, se abre un debate necesario sobre la gestión de las infraestructuras y la seguridad de los ciudadanos. Es fundamental que los entes propietarios no solo respeten las normativas vigentes, sino que también adopten medidas proactivas para prevenir accidentes y garantizar la seguridad de todos aquellos que utilizan las carreteras.