Comentario a la Sentencia Cass. civ., Sez. I, n. 34950 de 2022: Reconocimiento de la Paternidad y Obligaciones Parentales

La sentencia n. 34950 del 28 de noviembre de 2022 de la Corte de Casación ofrece importantes puntos de reflexión sobre la temática del reconocimiento de paternidad y las obligaciones parentales. En particular, el caso examinado se refiere al recurso de A.A. contra la sentencia de la Corte de Apelación de Bolzano, que había rechazado la solicitud de reconocimiento de paternidad en relación con B.B. y había considerado inadecuadas las pruebas presentadas por el recurrente.

La cuestión de la prueba y del testimonio

Uno de los puntos cruciales de la sentencia se refiere a la valoración del testimonio de la madre del recurrente, C.C. La Corte de Apelación había considerado su testimonio como insuficiente, en ausencia de más confirmaciones. Sin embargo, la Casación acogió el primer motivo del recurso, subrayando que la credibilidad del testimonio no puede ser excluida apriorísticamente solo porque el testigo es pariente de la parte. Este aspecto es de fundamental importancia, ya que destaca cómo la prueba testimonial, especialmente en el ámbito familiar, debe ser evaluada con criterios de mayor apertura en comparación con lo hecho por la Corte de Apelación.

La capacidad de testificar difiere de la valoración sobre la credibilidad del testigo, operando las mismas en planos diferentes.

Indicios y responsabilidades parentales

La Corte de Casación ha reafirmado que la conciencia de la paternidad puede deducirse de indicios inequívocos, como el hecho de haber tenido una relación sexual sin protección durante el período de concepción. Además, la sentencia aclara que la solicitud de indemnización por daños derivados de la violación de los derechos del niño presupone la existencia de dolo o culpa por parte del progenitor. La Corte ha criticado la decisión de la Corte de Apelación de considerar neutrales algunos elementos indiciarios, subrayando que cada indicio, aunque aislado pueda parecer insignificante, puede adquirir valor probatorio cuando se considera en su conjunto con los otros elementos.

  • El testimonio de la madre no puede ser excluido por vínculos de parentesco.
  • La conciencia de la paternidad puede surgir de indicios y comportamientos.
  • La valoración de los indicios debe ser global y no atomística.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n. 34950 de 2022 representa un importante avance en el reconocimiento de los derechos de los hijos y en la responsabilidad de los padres. Subraya la necesidad de un enfoque más flexible en la evaluación de las pruebas en el ámbito familiar, reconociendo el valor de los testimonios y de los indicios en la construcción de la verdad judicial. La Casación, al acoger los motivos del recurrente, ha abierto la puerta a una nueva valoración por parte de la Corte de Apelación, poniendo énfasis en la protección de los derechos de los menores y en la importancia de una adecuada responsabilidad parental.

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