La sentencia de la Corte de Casación del 19 de febrero de 2020, n. 12976, aborda un tema de gran relevancia en el derecho de familia, particularmente en lo que respecta a la custodia de los menores y las consecuencias legales de la elusión de las prescripciones judiciales. En este caso, R. M. fue condenada por haber impedido los encuentros protegidos entre la hija y el padre, pero la Corte planteó importantes dudas sobre la configurabilidad del delito de elusión.
R. M. fue inicialmente condenada por haber eludido un procedimiento del juez que establecía encuentros protegidos con el padre de la menor. Sin embargo, la Corte de apelación de Caltanissetta declaró posteriormente la no punibilidad de la imputada, reconociendo la particular levedad del hecho. Posteriormente, R. M. presentó un recurso en Casación, impugnando diversos aspectos de la sentencia.
En este contexto, el concepto de elusión no puede ser simplemente equiparado al incumplimiento, requiriendo una evaluación más profunda de las circunstancias del caso.
La Corte de Casación consideró infundadas las dos primeras quejas relativas al rechazo de las solicitudes de aplazamiento. Sin embargo, acogió las críticas relacionadas con la falta de consideración de elementos de prueba a favor y la confusión entre elusión e incumplimiento por parte de la Corte de apelación. La Corte especificó que para que se configure el delito de elusión, es necesario que el progenitor se sustraiga de mala fe a las obligaciones impuestas por el juez, y no se trate de un mero incumplimiento.
La sentencia de la Corte de Casación representa una importante reflexión sobre los derechos de los progenitores y los deberes hacia los menores. La distinción entre elusión e incumplimiento es crucial para la defensa de los derechos de los progenitores y para la protección del bienestar de los menores. La Corte ordenó un nuevo juicio, invitando a una evaluación más atenta de las circunstancias de hecho y de las pruebas presentadas. Esta sentencia subraya la importancia de una interpretación rigurosa de las normas y de los principios de derecho, para que la justicia pueda ser realmente equitativa y equilibrada.