Custodia exclusiva de la menor: comentario sobre la sentencia Cass. civ. n. 26517/2024

La sentencia n. 26517 de 2024 de la Corte de Casación representa un importante pronunciamiento en materia de custodia de menores, abordando temas delicados y complejos relacionados con la separación de los cónyuges y la protección de los intereses del niño. En este caso, los jueces tuvieron que decidir sobre la custodia de la menor C.C., destacando factores determinantes para el bienestar psicológico de la niña y para la estabilidad de su entorno familiar.

El contexto de la sentencia

La controversia se originó a partir de la decisión de la Corte de Apelación de Palermo, que reformó la sentencia anterior del Tribunal, estableciendo una custodia exclusiva de la menor al padre, B.B., e imponiendo visitas protegidas entre la madre, A.A., y la hija. La Corte basó su decisión en los informes de consultores técnicos y servicios sociales, destacando las deficiencias en la capacidad parental de la madre y la estabilidad que ofrece el padre.

  • La madre fue descrita como incapaz de sintonizar con las necesidades emocionales de la niña.
  • El padre, en cambio, demostró ser una figura paterna presente y responsable.
  • Las interacciones entre la madre y la hija fueron consideradas potencialmente perjudiciales para el bienestar de la menor.
La elección de la custodia a uno solo de los padres debe estar respaldada por la verificación de la idoneidad parental y las repercusiones en la vida de los hijos.

Las motivaciones de la Corte de Casación

El recurso presentado por A.A. fue declarado inadmisible, ya que la Corte consideró insuficiente la motivación respecto a los supuestos comportamientos inadecuados del padre. La Casación reiteró que el juez de mérito tiene la facultad de evaluar las pruebas y alegaciones presentadas, sin estar obligado a considerar cada elemento individual, siempre que la motivación de la decisión sea lógica y coherente.

En particular, la Corte invocó el principio del interés superior del menor, destacando cómo la conflictividad entre los padres y las dificultades en la relación entre madre e hija justifican una custodia exclusiva al padre. La jurisprudencia italiana, de hecho, subraya que la custodia debe siempre tener en cuenta la salud psicológica y el bienestar del menor, incluso a costa de limitar los derechos de uno de los padres.

Conclusiones

La sentencia Cass. civ. n. 26517/2024 representa una importante confirmación del principio de que el bienestar del menor debe prevalecer sobre cualquier otra consideración. La custodia exclusiva puede ser necesaria cuando hay elementos que ponen en riesgo la estabilidad emocional y psicológica del niño. Es fundamental, por lo tanto, que los padres comprendan la importancia de mantener un entorno sereno y favorable para el crecimiento de sus hijos, evitando conflictos que puedan perjudicar su tranquilidad.