Sustracción Internacional de Menores: Análisis de la Sentencia Cass. civ. n. 32411/2019

El tema de la sustracción internacional de menores es un asunto de gran relevancia en el derecho de familia, especialmente cuando se trata de garantizar el bienestar psicológico de los niños involucrados. La reciente sentencia de la Corte de Casación, n. 32411 de 2019, aborda este delicado tema, ofreciendo puntos de reflexión sobre la responsabilidad parental y la importancia de considerar las necesidades y derechos de los menores.

El Caso y la Decisión del Tribunal

El caso en cuestión tiene su origen en la solicitud de D.M. para repatriar a Japón a sus hijas D.L. y D.L., trasladadas a Italia por la madre R.M. sin el consentimiento del padre. El Tribunal de Menores de Roma, aunque reconoció la ilegalidad de la sustracción, negó la orden de repatriación, destacando un potencial riesgo psíquico para las menores en caso de retorno forzado.

El Tribunal consideró que el regreso forzoso a Japón implicaría un riesgo fundamentado para las menores de estar expuestas a una situación intolerable.

En particular, los jueces subrayaron que las niñas percibían Japón como un lugar ajeno, destacando una fase de su vida caracterizada por momentos de malestar. Esta evaluación llevó a considerar el interés superior de las menores, de acuerdo con los principios establecidos por la Convención de La Haya de 1980.

Principios Jurídicos y Referencias Normativas

La Corte hizo referencia a la Convención de La Haya, que establece que el regreso del menor puede ser negado si existe un riesgo fundamentado de exposición a peligros físicos o psíquicos, o si la situación se presenta como intolerable. La jurisprudencia italiana, incluida la de la Corte Constitucional, siempre ha subrayado la importancia de salvaguardar el vínculo afectivo del menor con ambos padres, evitando intervenciones que puedan comprometer su estabilidad psicológica.

  • Art. 12 de la Convención de La Haya: repatriación inmediata si el menor ha sido trasladado ilícitamente.
  • Art. 13 de la misma Convención: posibilidad de negar el regreso en caso de riesgo para el menor.
  • Sentencias de la Cassación que reafirman la centralidad del bienestar del menor en las decisiones de repatriación.

Conclusión

La sentencia n. 32411/2019 de la Corte de Casación representa un importante avance en la protección de los derechos de los menores involucrados en situaciones de sustracción internacional. Subraya la importancia de considerar no solo el aspecto legal de la sustracción, sino también las implicaciones psicológicas y relacionales que un regreso forzado en un contexto ajeno podría conllevar. Las decisiones en materia de custodia y repatriación deben siempre tener en cuenta el interés superior del menor, garantizando un equilibrio entre los derechos de los padres y el bienestar de los hijos.

Estudio Jurídico Bianucci