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Análisis de la Sentencia Cass. civ., Ord. n. 31571 de 2024: Custodia Compartida y Responsabilidad Parental

La reciente orden n. 31571 de 2024 de la Corte de Casación ofrece elementos significativos para comprender las dinámicas de la custodia compartida de los menores. En un contexto jurídico cada vez más atento a los derechos y necesidades de los niños, la decisión de la Corte merece un análisis cuidadoso, especialmente en lo que respecta a la interpretación de las normas sobre el derecho de familia.

El Contexto de la Sentencia

El caso en cuestión involucra a A.A. y B.B., padres de C.C., quienes solicitaron la modificación de las disposiciones de custodia. El Tribunal de Turín había dispuesto inicialmente una custodia compartida con colocación con el padre, pero A.A. denunció comportamientos opositores por parte de la madre, pidiendo la custodia exclusiva. La Corte de Apelación acogió parcialmente el recurso, manteniendo la custodia compartida pero limitando las visitas de la madre.

La Corte reiteró que la custodia exclusiva debe reservarse para casos de especial gravedad, protegiendo así el principio de bigenitorialidad.

Las Motivaciones de la Corte

La Corte de Casación declaró inadmisibles los recursos presentados por A.A. y B.B., confirmando la decisión de la Corte de Apelación. En particular, la Corte destacó que no existían los presupuestos para una custodia exclusiva, subrayando cómo la custodia compartida puede garantizar el mejor interés del menor incluso en situaciones de conflicto entre los padres. Entre los puntos destacados de la decisión, encontramos:

  • Custodia compartida como régimen preferencial.
  • Posibilidad de atribuir decisiones de administración ordinaria al padre custodio.
  • Reconocimiento del fuerte vínculo entre madre e hijo, a pesar de las dificultades relacionales.

Reflexiones Finales

Esta sentencia se inscribe en una línea jurisprudencial que busca equilibrar las necesidades de ambos padres con el derecho del menor a mantener relaciones significativas con ambos. La Corte ha aclarado que la custodia compartida no solo es una opción preferencial, sino también una necesidad para garantizar un crecimiento equilibrado del niño. La decisión de otorgar poderes decisionales al padre custodio, en este caso, ha sido interpretada como una medida destinada a facilitar la gestión cotidiana sin excluir al otro padre. En conclusión, la sentencia n. 31571 de 2024 representa una importante reflexión sobre la responsabilidad parental y la custodia compartida, respondiendo a las necesidades de protección del menor y al principio de bigenitorialidad.