La bigenitorialidad y el derecho del menor: comentario a la sentencia Cass. civ., Ord. n. 29690/2024

La reciente sentencia de la Corte de Casación, en particular la orden n. 29690 del 19 de noviembre de 2024, ha puesto de relieve la complejidad de las cuestiones relacionadas con la bigenitorialidad y la responsabilidad parental. La Corte ha examinado un caso de conflicto entre padres, destacando cómo el derecho a la bigenitorialidad nunca debe interpretarse como un derecho absoluto, sino más bien como una necesidad de equilibrio en interés del menor.

El contexto de la decisión

En el caso examinado, la Corte de Apelación de Roma había dispuesto el restablecimiento de la responsabilidad parental de la madre, C.C., limitadamente a la gestión ordinaria del hijo D.D., a pesar de las acusaciones de comportamientos obstructivos hacia el padre, A.A. La Corte de Casación ha aceptado el recurso de A.A., subrayando que la pérdida de la responsabilidad parental no puede ser una medida automática, sin una adecuada evaluación del impacto en los derechos y el bienestar del menor.

El derecho a la bigenitorialidad es, ante todo, un derecho del menor, y debe ser interpretado a través de criterios dirigidos a realizar el mejor interés del niño.

Las implicaciones de la sentencia

La sentencia reitera la importancia de escuchar al menor y de considerar sus deseos, especialmente en la adolescencia. D.D., en el momento de la audiencia, expresó claramente su voluntad de no querer encontrarse con el padre. Este elemento ha sido un factor crucial en la decisión de la Corte de Casación, que ha destacado los posibles daños psicológicos que un alejamiento brusco de la madre podría causar.

  • El principio de la bigenitorialidad debe garantizar un equilibrio entre las necesidades de ambos padres.
  • La responsabilidad parental debe ser evaluada caso por caso, teniendo en cuenta el mejor interés del menor.
  • La comunicación y la cooperación entre los padres son fundamentales para evitar traumas al menor.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia de la Casación n. 29690/2024 representa un importante precedente en materia de derecho de familia, subrayando cómo las decisiones relacionadas con la responsabilidad parental deben siempre estar orientadas al bienestar del menor. Las instituciones deben garantizar que las necesidades del niño sean priorizadas, evitando comprometer su equilibrio emocional y psicológico.

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