Sentencia n. 11433/2024: Derecho a la continuidad en la vivienda pública

La sentencia n. 11433 del 29 de abril de 2024 emitida por el Tribunal de Casación aborda un tema de gran relevancia en el campo de la vivienda pública, en particular respecto a los derechos de continuidad de los nietos en caso de fallecimiento del titular. Este asunto es de particular interés para aquellos que se encuentran enfrentando situaciones similares, donde la continuidad de la residencia está ligada a requisitos legislativos específicos.

El contexto normativo y la decisión del Tribunal

El Tribunal se pronunció sobre un caso en el que un nieto solicitaba la continuidad en la asignación de una vivienda pública tras el fallecimiento de su abuela, titular del inmueble. La normativa de referencia es el artículo 12 de la ley regional Lazio n. 12 de 1999, que establece las condiciones para la continuidad en caso de fallecimiento. El Tribunal aclaró que los nietos pueden obtener este derecho solo si han convivido con el titular durante al menos dos años antes de la publicación de la convocatoria.

En general. En materia de vivienda pública, en caso de fallecimiento del titular, según el art. 12 l.r. Lazio n. 12 de 1999, los nietos tienen derecho a la continuidad en la asignación, solo si han convivido con el familiar ininterrumpidamente durante al menos dos años a la fecha de publicación de la convocatoria, tratándose de descendientes y como tales contemplados solo como componentes del núcleo familiar originalmente asignatario de acuerdo con el art. 11, párrafo 5, y no también de aquel ampliado de acuerdo con el art. 12, párrafo 4 de la misma ley. (En este caso, la S.C. consideró inmune a críticas la sentencia de rechazo de la solicitud de verificación de la existencia de los requisitos para la continuidad propuesta por el nieto del titular que, solo después de la asignación, se había trasladado a la vivienda de la abuela, para brindarle asistencia, ya que era inválida al 100%).

Implicaciones prácticas de la sentencia

Esta decisión tiene importantes repercusiones para las familias que se encuentran en situaciones análogas. En particular, es fundamental que los nietos consideren los siguientes aspectos:

  • La necesidad de demostrar la convivencia ininterrumpida con el titular durante al menos dos años.
  • La diferencia entre el núcleo familiar original y el ampliado, tal como lo establece la ley.
  • El hecho de que el traslado a la vivienda de la abuela después de la asignación no otorga automáticamente el derecho a la continuidad.

Conclusiones

La sentencia n. 11433 de 2024 representa un importante esclarecimiento sobre la normativa relacionada con la vivienda pública y los derechos de continuidad de los nietos. Es fundamental que las familias sean conscientes de los requisitos previstos por la ley y se preparen adecuadamente en caso de que se vean en la necesidad de ejercer tales derechos. La correcta interpretación de la normativa puede marcar la diferencia en garantizar la estabilidad habitacional en momentos de dificultad.

Estudio Jurídico Bianucci