La reciente orden de la Corte de Casación n. 23631 del 28 de julio de 2022 aborda un tema delicado y de gran actualidad: la sustracción internacional de menores y los derechos de defensa de los padres involucrados. En este caso, el padre presentó un recurso contra un decreto del Tribunal para Menores de Turín que negaba el repatriación de los menores, alegando la violación de su derecho a ser informado y a participar en la audiencia de comparecencia.
El Tribunal para Menores había excluido la configurabilidad de la sustracción internacional, ya que los menores habían sido traídos a Italia con el consentimiento de ambos padres. Sin embargo, el padre, A.M.M., impugnó el procedimiento destacando que no se había fijado ninguna audiencia de comparecencia a su favor, violando así el principio del contradictorio y los derechos de defensa.
La Corte ha reconocido que el derecho de defensa no puede ser completamente comprimido, destacando la importancia de la comunicación de las audiencias al padre solicitante.
La Corte de Casación acogió el primer motivo de recurso, subrayando que la ley prevé expresamente la necesidad de fijar una audiencia en Cámara de Consejo y de informar al padre solicitante de la fecha de dicha audiencia. Las normas italianas e internacionales, en particular la Convención de La Haya de 1980, exigen que el derecho de defensa sea garantizado en todas las fases del proceso.
Esta decisión de la Corte de Casación tiene importantes implicaciones para los procedimientos de sustracción internacional de menores. Reafirma la centralidad del derecho de defensa y del contradictorio, elementos fundamentales en cualquier proceso jurídico. La ausencia de una audiencia y de una correcta información al padre solicitante no solo compromete el derecho a participar en el proceso, sino que también mina la justicia sustantiva en el tratamiento de los casos de sustracción internacional.
En conclusión, la orden n. 23631/2022 de la Corte de Casación representa un paso significativo en la protección de los derechos de los padres en situaciones de sustracción internacional de menores. La Corte ha reiterado la importancia de garantizar un juicio justo, subrayando que cada padre debe tener la posibilidad de hacer escuchar su voz y defender sus derechos en sede judicial. Este principio es esencial no solo para la protección de los derechos individuales, sino también para el bienestar de los menores involucrados.