Orden de protección europeo: comentario a la sentencia n. 49642 de 2023

La sentencia n. 49642 del 6 de diciembre de 2023, emitida por la Corte de Casación italiana, ofrece una importante interpretación respecto al orden de protección europeo, en particular para los casos que involucran a menores víctimas de delitos de sustracción internacional. La decisión se basa en normativas europeas y nacionales, aclarando aspectos cruciales para la protección de las víctimas de violencia doméstica y delitos relacionados.

El contexto jurídico de la sentencia

El orden de protección europeo es una herramienta jurídica introducida para garantizar la seguridad de las víctimas de violencia, permitiéndoles obtener medidas de protección en otros Estados miembros de la Unión Europea. La Corte de Casación, en su sentencia, afirmó que la voluntad de la víctima de trasladarse a otro Estado no es relevante a efectos de la aplicación de tales medidas.

Orden de protección europeo – Relevancia de la voluntariedad del traslado a otro Estado por parte de la víctima - Exclusión - Consecuencias - Menor víctima del delito de que trata el art. 574-bis cod. pen. - Aplicabilidad - Existencia. En materia de orden de protección europeo, conforme a las directivas 2012/29/UE y 2011/99/UE, no tiene relevancia la voluntad del traslado de la persona a proteger a otro Estado miembro, por lo que la herramienta es aplicable incluso en el caso en que esta no se haya alejado "sua sponte" en tanto que menor víctima del delito de sustracción internacional de que trata el art. 574-bis cod. pen.

Las implicaciones de la sentencia para los menores

La sentencia subraya la protección de los menores, especificando que incluso en ausencia de un traslado voluntario, las medidas de protección deben ser aplicables. Esto representa un paso significativo hacia una mayor tutela de los derechos de los menores, que a menudo se ven involucrados en situaciones de violencia doméstica. La normativa italiana, en línea con las directivas europeas, se propone garantizar que las víctimas, independientemente de su edad o situación, puedan disfrutar de adecuadas medidas de protección.

Conclusiones

En resumen, la sentencia n. 49642 de 2023 de la Corte de Casación aclara que, en el contexto del orden de protección europeo, la voluntad del traslado de la víctima no debe influir en la posibilidad de obtener protección legal. Este aspecto es particularmente relevante para los menores víctimas de delitos de sustracción internacional. La decisión ofrece una clara dirección para los profesionales legales y los servicios sociales, subrayando la importancia de garantizar que cada víctima pueda acceder a las medidas necesarias para su seguridad, independientemente de las circunstancias del traslado.

Estudio Jurídico Bianucci