La sentencia de la Corte de Casación n. 32290 de 2023 ofrece una importante reflexión sobre la custodia de los menores y el derecho a ser escuchados. En un contexto de separación, la cuestión de la escucha de los menores adquiere una relevancia particular, especialmente cuando se discute sobre la custodia compartida y las medidas de apoyo. El caso en cuestión se refiere a A.A., quien solicitó la modificación de la custodia de sus hijas gemelas, pero se encontró con el rechazo de su solicitud por parte de la Corte de Apelación.
El derecho de un menor a ser escuchado está consagrado en el art. 315 bis c.c. y encuentra fundamento en las convenciones internacionales sobre los derechos de la infancia. Sin embargo, la Corte consideró que no era necesario escuchar a las menores, teniendo en cuenta su edad y su capacidad de discernimiento. En particular, se evidenció que las niñas, a pesar de haber cumplido diez años, no poseían la madurez necesaria para expresarse ante la autoridad judicial. La sentencia subraya que la escucha directa no es un acto automático, sino que debe ser evaluado caso por caso.
El derecho de un menor a ser escuchado es fundamental, pero no debe aplicarse de forma rígida y automática.
La Corte analizó los motivos del recurso, destacando que la decisión de no escuchar a las menores fue adecuadamente justificada. De hecho, la Corte de Apelación consideró más oportuno que la escucha se llevara a cabo a través de un profesional, como una psicóloga, en lugar de en sede judicial, para evitar posibles presiones por parte del progenitor.
Esta sentencia reafirma la importancia de un enfoque equilibrado en la gestión de los casos de custodia. Es fundamental que las decisiones relativas a la escucha de los menores estén siempre orientadas a su mejor interés, teniendo en cuenta sus capacidades y la situación familiar. La jurisprudencia italiana, apoyada por normativas nacionales y europeas, continúa evolucionando para garantizar la protección de los derechos de los menores, promoviendo al mismo tiempo el bienestar familiar.
La Casación, con su orden, ha trazado un camino importante respecto al derecho de los menores a ser escuchados, destacando que este derecho debe ejercerse de manera consciente y responsable. Las decisiones deben siempre buscar garantizar el mejor interés del menor, evitando injerencias no justificadas en la vida familiar.