La sentencia n. 2417 de 2016 de la Corte de Casación se inserta en el contexto de las controversias relacionadas con la sustracción internacional de menores, un tema de gran relevancia tanto jurídica como social. En este caso, la Corte tuvo que decidir si aceptar la solicitud de repatriación de una menor por parte del padre, S.B., contra la negativa del Tribunal de menores de Nápoles. La decisión de la Corte pone de manifiesto la importancia de considerar no solo la legitimidad de la transferencia, sino también el bienestar psico-físico del menor involucrado.
La situación se refería a una menor llamada S.A., cuya madre, H.E.V., la había traído a Italia sin el consentimiento del padre. En la fase de juicio, el Tribunal de menores de Nápoles determinó la legitimidad de la sustracción, destacando que una eventual repatriación a Hungría expondría a la niña a graves riesgos para su seguridad psicológica. Según los jueces, el contexto familiar del padre presentaba elementos de peligro, como relaciones con personas dedicadas a la prostitución y un ambiente potencialmente dañino para el crecimiento de la menor.
El Tribunal de menores fundamentó su pronunciamiento, señalando que el regreso al contexto de vida paterno expondría a la menor a relevantes peligros para su desarrollo psico-físico.
El recurrente, S.B., impugnó la decisión del Tribunal argumentando que no se habían proporcionado pruebas suficientes respecto a los riesgos para la menor. Sin embargo, la Corte reiteró que el juez no puede ignorar las pruebas de peligro físico o psíquico para el menor, tal como establece el art. 13 de la Convención de La Haya. En este caso, la Corte confirmó la evaluación del Tribunal, que se había basado en una serie de evidencias, incluidas declaraciones de las autoridades sociales húngaras y testimonios que confirmaban la no idoneidad del contexto paterno.
Esta sentencia representa un importante recordatorio de la necesidad de proteger a los menores en situaciones de sustracción internacional. Las decisiones jurídicas deben tener en cuenta no solo la legitimidad formal de las transferencias, sino también las condiciones de vida que esperan a los menores en sus países de origen. La Corte de Casación ha demostrado que la seguridad y el bienestar del menor son prioridades absolutas, conforme a la normativa italiana y europea en materia de protección de menores.
En resumen, la sentencia n. 2417 de 2016 reafirma la importancia de la protección de los menores en situaciones de sustracción internacional. La Corte de Casación, al evaluar el caso, ha confirmado que el regreso a un contexto familiar potencialmente peligroso no puede ser justificado sin pruebas concretas de seguridad para el menor. Esta decisión sin duda tendrá un impacto significativo en las futuras controversias en materia de derecho de familia y protección de menores.