La reciente orden de la Corte de Casación n. 20672 de 2024 ofrece una importante oportunidad de reflexión sobre las modalidades de determinación de la pensión de alimentos en caso de divorcio. La decisión aborda cuestiones cruciales relacionadas con la carga de la prueba, las necesidades de los menores y las condiciones patrimoniales de las partes involucradas.
En el caso en cuestión, el Tribunal de Pescara había establecido inicialmente una contribución al mantenimiento de las hijas menores a cargo del padre, A.A., fijándola en 1.000,00 euros mensuales. La madre, B.B., presentó apelación, impugnando la medida y solicitando una revisión de las modalidades de visita. La apelación incidental del padre, que denunciaba la imposibilidad de cumplir con el importe establecido, fue desestimada por la Corte de Apelación de L'Aquila, que consideró que las necesidades de las menores estaban en aumento y, por lo tanto, justificaban el mantenimiento establecido por el primer juez.
La Corte afirmó que las necesidades primarias de las menores aumentan inevitablemente con el paso de los años, justificando así una revisión del importe de la pensión de alimentos.
Uno de los puntos focales de la sentencia se refiere a la carga de la prueba. La Corte subrayó que corresponde al progenitor que solicita una modificación de la pensión demostrar la existencia de circunstancias sobrevenidas que justifiquen una reducción. A.A. no logró probar su imposibilidad de cumplir con las obligaciones de mantenimiento, limitándose a declaraciones genéricas sin proporcionar pruebas concretas de su situación económica.
La Cassación declaró inadmisible el recurso de A.A., confirmando el importe establecido para el mantenimiento de las hijas. Esta sentencia destaca la importancia de una evaluación precisa de las condiciones económicas y las necesidades de los menores, así como la necesidad de presentar pruebas concretas cuando se solicita una modificación de las condiciones establecidas en sede de separación o divorcio.
En resumen, la sentencia n. 20672 de 2024 reafirma la centralidad del interés de los menores en las decisiones relacionadas con el mantenimiento y aclara que es fundamental documentar adecuadamente la propia situación económica para poder solicitar modificaciones a lo estipulado anteriormente.