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Comentario sobre la Sentencia Cass. civ., Ord. n. 8744 de 2024: Custodia y Mantenimiento de los Hijos

La reciente orden de la Corte de Casación, n. 8744 de 2024, ofrece puntos importantes para comprender las dinámicas legales que regulan la custodia y el mantenimiento de los hijos en caso de separación. En este caso, el tema central es el equilibrio entre los derechos de ambos padres y el interés superior de la menor involucrada, C.C.

El Contexto de la Sentencia

El caso se origina a partir de un decreto del Tribunal de Catanzaro que establecía la custodia compartida de la menor C.C., con residencia prevalente en la madre, y una contribución al mantenimiento por parte del padre, B.B. Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Catanzaro modificó posteriormente el fallo, aumentando el derecho de visita del padre y reduciendo la pensión de mantenimiento. La madre, A.A., impugnó dicha decisión ante la Corte de Casación, solicitando una revisión de la sentencia.

Las Principales Cuestiones Legales

  • La reducción de la pensión de mantenimiento y la motivación relacionada con la capacidad laboral de la madre.
  • Las modalidades de visita y el respeto al derecho a la coparentalidad.
  • La condena al pago de los gastos legales y su proporcionalidad.
Las disposiciones que atañen a las modalidades de relación y visita del menor son censurables por casación cuando se resuelven en la violación del derecho a la vida familiar.

La Decisión de la Corte de Casación

La Corte de Casación declaró inadmisible el recurso de A.A., sosteniendo que la reducción de la pensión de mantenimiento estaba debidamente motivada. La Corte reiteró que el principio de coparentalidad debe ser garantizado, pero también debe tener en cuenta las condiciones económicas de cada padre. La sentencia subraya la importancia de considerar las necesidades financieras del padre, cuyo ingreso era limitado, así como la necesidad de garantizar una continuidad en las relaciones afectivas entre padre e hija.

En relación con las modalidades de visita, la Corte consideró que las decisiones de la Corte de Apelaciones eran conformes al interés de la menor, destacando la necesidad de un equilibrio entre los derechos de los padres y las necesidades del niño. Además, la referencia a la joven edad de la madre y su posibilidad de encontrar un empleo fue considerada un elemento significativo en la decisión de reducir el mantenimiento.

Conclusiones

Esta sentencia de la Corte de Casación pone de relieve la importancia de una evaluación cuidadosa de las circunstancias de cada caso, especialmente cuando se trata de menores. Las decisiones deben siempre orientarse hacia el mejor interés del niño, equilibrando los derechos de los padres con las realidades económicas y afectivas. La Corte ha demostrado que la coparentalidad no es solo un derecho, sino un deber por parte de los padres, que deben colaborar para garantizar un ambiente estable y afectivo para su hijo.