La reciente orden de la Corte de Casación (n. 22294/2024) ofrece importantes aclaraciones en tema de separación de cónyuges, especialmente en lo que respecta a las conductas violentas. La Corte ha confirmado que incluso un único episodio de violencia puede constituir una base suficiente para el cargo de separación a cargo del cónyuge violento. Esta decisión se enmarca en el contexto de un caso que involucró a A.A. y B.B., donde las conductas maltratantes de A.A. jugaron un papel determinante en la irreversibilidad de la crisis conyugal.
En el caso en cuestión, la Corte de Apelación de Ancona había reformado la sentencia de primera instancia, atribuyendo la separación a A.A. por las violencias perpetradas contra su esposa B.B. La decisión se basa en una rica evidencia probatoria, que incluía declaraciones testimoniales e informes médicos. La Corte estableció que las violencias constituían una violación grave de los deberes conyugales, lo que justifica el cargo de separación y la pensión alimenticia a favor de la esposa.
Las conductas violentas y maltratantes del marido fueron consideradas la causa desencadenante de la irreversibilidad de la crisis conyugal.
La Corte hizo referencia a principios jurídicos consolidados, afirmando que la violencia física es una violación tan grave de los deberes que surgen del matrimonio que justifica el cargo de separación. Se subrayó que la violencia, incluso si ocurrió en un único episodio, es suficiente para comprometer irreparablemente el equilibrio relacional de la pareja. Esta orientación está respaldada por sentencias anteriores de la Corte de Casación, entre las cuales se encuentran Cass. 817/2011 y Cass. 433/2016, que han establecido que la violencia doméstica es un factor de grave intolerabilidad de la convivencia conyugal.
La sentencia en cuestión tiene un impacto significativo en las dinámicas del derecho de familia, en particular en lo que respecta a:
En conclusión, la orden de la Corte de Casación representa un importante avance en la protección de los derechos de las víctimas de violencia doméstica. Reafirma la necesidad de una respuesta jurídica severa frente a comportamientos violentos, subrayando que tales actos no solo comprometen la seguridad y el bienestar del individuo, sino que también alteran el equilibrio de las relaciones familiares. Los operadores del derecho y las instituciones deben prestar atención a estas dinámicas, promoviendo una cultura de respeto y dignidad dentro del matrimonio.