Comentario a la Sentencia Cass. Civ., Sez. I, n. 3924/2024: Sustracción Internacional de Menores

La sentencia n. 3924 de 2024 de la Corte de Casación ofrece una importante reflexión sobre el tema de la sustracción internacional de menores, un fenómeno que involucra aspectos delicados del derecho familiar y la protección de los menores. La Corte examinó un caso en el que un menor, C.C., había sido llevado a Italia por su madre, A.A., en contra de la voluntad del padre, B.B., quien ejercía derechos de custodia y guarda. La decisión del tribunal milanés de ordenar el regreso del menor a Dinamarca suscitó no pocas controversias, poniendo de relieve la complejidad del derecho internacional privado y la protección del interés superior del menor.

El Caso: Regreso Ilegal y Derechos de Custodia

La Corte constató que el menor, nacido en Italia y criado en Dinamarca, había sido sustraído ilegalmente por la madre, quien lo había retenido en Italia a pesar de la oposición del padre. La sentencia subraya que el tribunal de Milán consideró ilegal la conducta de la madre, destacando que la residencia habitual del menor, hasta su traslado a Italia, era en Dinamarca, donde había establecido lazos significativos.

La Corte afirmó que el interés del menor debe prevalecer sobre la voluntad de los padres, y cada decisión debe buscar preservar la continuidad afectiva y relacional del niño.

Con base en el art. 12 de la Convención de La Haya de 1980, la corte consideró que, a pesar de que la madre había obtenido inicialmente la custodia exclusiva, el regreso a Dinamarca era necesario para restablecer la situación de hecho preexistente. La sentencia reafirma la importancia de respetar los derechos de custodia y guarda ya ejercidos por B.B., el padre, quien había intentado restablecer la condición de vida de su hijo.

Implicaciones Legales y Reflexiones Finales

Este caso pone de manifiesto la importancia de la cooperación internacional en materia de derecho de familia y la necesidad de una evaluación cuidadosa de las circunstancias familiares. La sentencia reafirma que las decisiones de custodia y guarda deben tener en cuenta no solo la voluntad de los padres, sino sobre todo el bienestar del menor. En particular, se debe garantizar que la transferencia de un niño se realice de manera legítima y respetando las normativas internacionales.

  • El respeto de la residencia habitual del menor es fundamental.
  • Es esencial considerar las relaciones afectivas y los lazos sociales establecidos por el niño.
  • La evaluación del interés superior del menor debe ser el principio rector en las decisiones legales.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n. 3924/2024 de la Corte de Casación representa un importante avance en la protección de los derechos de los menores en caso de sustracción internacional. Destaca cómo las decisiones deben orientarse siempre al bienestar del niño y a la preservación de los lazos afectivos, en respeto a las normativas internacionales. La jurisprudencia continúa delineando límites cada vez más claros en materia de custodia, guarda y derechos de los padres, contribuyendo a un sistema jurídico más equitativo y justo para las familias involucradas en situaciones de conflicto.

Estudio Jurídico Bianucci