Cass. civ., Sez. I, Ord., n. 24972/2023: La custodia de menores en contextos de alta conflictividad

La reciente orden de la Corte de Casación n. 24972 del 21 de agosto de 2023 aborda una cuestión delicada y compleja relacionada con la custodia de menores en situaciones de conflictividad familiar. En este caso, el padre A.A., colaborador de la justicia, impugnó la decisión de la Corte de Apelación de Roma que mantuvo la custodia de su hija en las estructuras sociales, a pesar de los avances que él había logrado para distanciarse del entorno criminal.

El contexto de la decisión

El caso en cuestión involucra a un padre que, a pesar de haber emprendido un camino de rehabilitación y colaboración con la justicia, se ha encontrado enfrentando una alta conflictividad con la madre de la menor, A.H. Esta última, a pesar de haber rechazado inicialmente el programa de protección, continuó siendo parte de un contexto criminal, creando preocupaciones por la seguridad y el bienestar de la hija.

  • El padre ha demostrado un cambio significativo en su estilo de vida.
  • La madre ha mantenido lazos con el entorno criminal.
  • Las relaciones sociales han destacado la necesidad de un apoyo parental para ambos.
La Corte consideró que la alta conflictividad entre los padres justificaba la continuación de la custodia a los Servicios Sociales, destacando el riesgo para la menor.

El juicio de la Corte de Casación

La Corte de Casación acogió el recurso de A.A., destacando que la Corte de Apelación no había considerado adecuadamente las motivaciones de la conflictividad, atribuyendo de manera excesiva la responsabilidad al padre. La decisión de mantener la custodia en los Servicios Sociales, a pesar de los cambios positivos del padre, se consideró no conforme a los principios jurídicos que regulan la custodia de menores, en particular el principio del superior interés del menor y de la biparentalidad.

Conclusiones

Esta orden representa un importante paso en el reconocimiento del derecho a la parentalidad, incluso en contextos complejos. La Corte ha subrayado que es fundamental considerar cada aspecto de la situación familiar, sin limitarse a una visión superficial del pasado. El caso de A.A. demuestra que la rehabilitación y el cambio personal pueden y deben ser considerados en la evaluación de la capacidad parental, promoviendo así un enfoque más equitativo y justo para el bienestar del menor.

Estudio Jurídico Bianucci