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Sentencia Cass. n. 7383/2023: Reflexiones sobre la Revisión de la Pensión Alimentaria por Divorcio

La Corte Suprema de Casación, con la sentencia n. 7383 de 2023, ha abordado cuestiones cruciales relacionadas con la revisión de las condiciones económicas post-divorcio, en particular en lo que respecta a la pensión alimentaria por divorcio y a los acuerdos complementarios celebrados entre las partes. El caso examinado involucra a Davide M. T. y Francesca M., cuyos derechos y deberes económicos han sido objeto de controversia. Esta sentencia representa un paso importante en la comprensión del derecho de familia en Italia y de las dinámicas económicas que surgen tras la disolución de un matrimonio.

El Contexto de la Sentencia

El recurrente, Davide M. T., había solicitado la revisión de la pensión alimentaria por divorcio establecida en el marco de la separación consensual y posteriormente confirmada en el divorcio. La Corte de Apelación de Milán había confirmado la decisión de primera instancia, considerando válida la suma de € 3.000,00 mensuales, reduciendo además la pensión para el mantenimiento del hijo. Sin embargo, el recurrente ha impugnado la decisión, argumentando que las modificaciones a las condiciones económicas no tomaban en cuenta algunos aspectos fundamentales, como los acuerdos complementarios celebrados en el momento del divorcio.

La revisión de la pensión alimentaria por divorcio debe considerar no solo las nuevas circunstancias, sino también la naturaleza y la validez de los acuerdos negociados entre las partes.

Las Cuestiones Jurídicas Planteadas

La sentencia ha puesto de relieve dos aspectos principales:

  • Acuerdos complementarios: El Tribunal ha excluido que el acuerdo privado entre las partes pudiera ser modificado sin el consentimiento de ambas, estableciendo que tales pactos integrativos no pueden ser objeto de revisión sin una justificación adecuada.
  • Componente compensatoria de la pensión: La Corte ha reiterado que el derecho a la pensión alimentaria por divorcio no pierde validez en caso de nueva convivencia del beneficiario, ya que la componente compensatoria debe ser reconocida independientemente de las mutaciones en las condiciones económicas.

Implicaciones de la Sentencia

Esta decisión es particularmente significativa por las siguientes razones:

  • Aclara que los acuerdos complementarios, aunque sean privados y carezcan de homologación, deben ser considerados en la revisión de las condiciones económicas, siempre que no violen normas inderogables.
  • Además, la sentencia confirma que la revisión de la pensión alimentaria por divorcio puede llevarse a cabo incluso en presencia de cambios sustanciales, siempre que se demuestre la permanencia de la componente compensatoria.

Conclusiones

La sentencia n. 7383/2023 de la Corte de Casación ofrece una visión profunda de las dinámicas económicas post-divorcio y subraya la importancia de considerar los acuerdos privados celebrados entre las partes. La Corte ha, de hecho, reiterado que la revisión de la pensión alimentaria por divorcio debe tener en cuenta no solo las nuevas circunstancias, sino también la validez y la naturaleza de los acuerdos negociados. Esta pronunciamiento representa un importante punto de referencia para los profesionales del derecho de familia y para todas las partes involucradas en procedimientos de divorcio.