La sentencia n. 9067 de la Corte de Casación, emitida el 12 de abril de 2018, representa un importante giro en la jurisprudencia respecto a la responsabilidad de la Consob, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por omisión de vigilancia. Este caso, que involucra a numerosos ahorradores perjudicados por un agente de cambio, destaca la necesidad de una intervención proactiva por parte del ente de control para garantizar la protección de los inversores.
En el caso en cuestión, 113 ahorradores habían demandado a la Consob y a la República Italiana, alegando daños derivados de comportamientos ilícitos de un agente de cambio. Los jueces de primera instancia habían reconocido una responsabilidad parcial de la Consob, imputándole un retraso en la actividad inspectora. Sin embargo, la Corte de Apelación de Roma había modificado la decisión, negando la responsabilidad de la Consob por la mayor parte de las violaciones.
La Corte de Apelación consideró que la actividad inspectora de la Consob era tardía, a pesar de las denuncias de irregularidades.
Con la sentencia n. 9067, la Corte de Casación afirmó que la Consob tiene un deber de vigilancia respecto a los intermediarios financieros, deber que deriva de los principios de legalidad e imparcialidad. La Corte subrayó que la discrecionalidad del ente no puede justificar la falta de implementación de medidas de control cuando surgen señales evidentes de alerta.
La sentencia n. 9067 de 2018 marca un paso significativo en el fortalecimiento de la protección de los inversores y en la responsabilización de la Consob. Las decisiones futuras deberán seguir esta orientación, garantizando que la vigilancia sea no solo un poder, sino un deber ineludible para el ente de control. La necesidad de una intervención oportuna ante la presencia de señales de irregularidades está ahora claramente consagrada por la jurisprudencia, en beneficio de todos los ahorradores.