La reciente ordenanza de la Corte de Casación aclara los criterios de liquidación del daño catastrófico, destacando la importancia de la personalización de la indemnización en caso de sufrimiento psíquico relacionado con eventos traumáticos.
La reciente orden de la Corte de Casación ofrece importantes aclaraciones sobre la liquidación del daño no patrimonial en caso de enfermedades profesionales, destacando la necesidad de considerar tanto el daño biológico terminal como el catastrófico.
La sentencia de la Corte de Casación n. 16592 de 2019 ofrece importantes indicaciones sobre la liquidación del daño catastrófico y sobre la equidad de la valoración económica por parte de los jueces, subrayando la necesidad de considerar el sufrimiento psíquico en caso de muerte inminente.