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La sentencia n. 21198 de 2023: el principio de proporcionalidad en la orden de demolición de inmuebles ilegales. | Bufete de Abogados Bianucci

La sentencia n.º 21198 de 2023: el principio de proporcionalidad en la orden de demolición de inmuebles ilegales

Recientemente, la Corte de Casación ha emitido la sentencia n.º 21198 del 15 de febrero de 2023, relativa a un caso de demolición de un inmueble ilegal que constituía la única vivienda de una familia. Esta providencia ofrece ideas significativas para comprender cómo debe aplicarse el principio de proporcionalidad en contextos de delitos urbanísticos, en particular en situaciones donde la demolición podría acarrear graves consecuencias para los implicados.

El contexto de la sentencia

Al analizar la sentencia, es fundamental considerar que aborda el delicado equilibrio entre el respeto de las normativas urbanísticas y la protección de los derechos humanos, en particular el derecho a la vivienda consagrado en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La Corte ha establecido que, en caso de que una vivienda ilegal constituya la única residencia de un núcleo familiar, la Autoridad judicial debe respetar el principio de proporcionalidad. Este principio implica que la medida de demolición no debe ser excesiva en relación con el objetivo de restablecer la legalidad.

El principio de proporcionalidad

Orden de demolición - Edificación ilegal destinada a única vivienda familiar - Principio convencional de proporcionalidad - Operatividad - Condiciones. En materia de delitos urbanísticos, la Autoridad judicial, al ejecutar la orden de demolición de un inmueble ilegal que constituye la única vivienda familiar, está obligada a respetar el principio de proporcionalidad enunciado por la jurisprudencia convencional en las sentencias del TEDH, 21/04/2016, Ivanova y Cherkezov c. Bulgaria, y del TEDH, 04/08/2020, Kaminsk as c. Lituania, a condición de que quien pretenda acogerse a él se encargue de alegar, de manera precisa, los hechos aducidos en apoyo de su respeto. (En la motivación, la Corte precisó que dichos hechos, si son alegados por el autor del abuso, no pueden depender de su inacción ni de la voluntad suya o del destinatario de la orden, ya que el condenado no puede lucrarse con el tiempo inútilmente transcurrido desde la fecha de firmeza de la sentencia, dado que la orden de demoler tiene su causa precisamente en su inacción).

La Corte ha recordado precedentes jurisprudenciales, subrayando que el principio de proporcionalidad debe aplicarse de forma concreta. Esto significa que, en presencia de una vivienda ilegal, no se puede proceder automáticamente a la demolición sin considerar las circunstancias específicas del caso, como la situación económica y social de la familia implicada.

Implicaciones prácticas de la sentencia

  • Necesidad de una evaluación caso por caso: cada situación de abuso urbanístico debe analizarse en función de las circunstancias específicas.
  • Reconocimiento de los derechos de las familias: la protección de la vivienda como derecho fundamental implica que la demolición no puede realizarse de forma indiscriminada.
  • Posibilidad de defensa: el autor del abuso tiene la carga de demostrar que la demolición sería desproporcionada en relación con las circunstancias.

En conclusión, la sentencia n.º 21198 de 2023 representa un importante paso hacia una aplicación más justa y equilibrada de las leyes urbanísticas, poniendo el acento en la necesidad de considerar las consecuencias de las acciones legales sobre los derechos de las personas implicadas.

Conclusiones

En resumen, la Corte de Casación ha reiterado que el principio de proporcionalidad debe ser la guía en las decisiones relativas a la orden de demolición de inmuebles ilegales, especialmente cuando estos constituyen la única vivienda de una familia. Este enfoque no solo respeta las normativas, sino que también protege los derechos fundamentales de los ciudadanos, garantizando un equilibrio entre legalidad y justicia social.

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