La gestión de los tiempos y las modalidades de visita de los hijos tras una separación o un divorcio representa uno de los aspectos más delicados y, lamentablemente, una frecuente fuente de conflicto. Un retraso ocasional puede ser comprensible, pero cuando la falta de puntualidad en la entrega de los hijos se convierte en un hábito sistemático, se transforma en un comportamiento lesivo no solo para el progenitor que espera, sino sobre todo para el equilibrio y la serenidad del menor. Esta situación genera frustración e incertidumbre, minando la confianza y el respeto de los acuerdos establecidos por el tribunal. Como abogado experto en derecho de familia en Milán, el abogado Marco Bianucci comprende profundamente las implicaciones emocionales y prácticas de tales incumplimientos y la necesidad de abordarlos con herramientas legales eficaces.
El ordenamiento jurídico italiano ofrece una protección específica para los casos de incumplimiento de las disposiciones sobre la custodia y el derecho de visita. El instrumento principal está representado por el artículo 709-ter del Código de procedimiento civil. Esta norma permite al progenitor que sufre el comportamiento obstruccionista del otro recurrir al juez para solicitar la adopción de medidas sancionadoras. El legislador ha previsto este procedimiento para resolver las controversias que surgen en la aplicación de las medidas relativas a los hijos, reconociendo que el incumplimiento de los horarios y las condiciones de visita constituye una grave falta. El objetivo no es puramente punitivo, sino que pretende restablecer el correcto desarrollo de la coparentalidad, garantizando que el menor pueda mantener una relación continuativa y equilibrada con ambos progenitores.
Cuando el juez constata la violación de los acuerdos, puede disponer diversas medidas, graduadas en función de la gravedad del comportamiento. Las sanciones previstas por el art. 709-ter c.p.c. incluyen: la amonestación del progenitor incumplidor, invitándole a respetar las obligaciones; la condena al resarcimiento de los daños a cargo de uno de los progenitores, hacia el menor o hacia el otro progenitor; la condena del progenitor incumplidor al pago de una sanción pecuniaria administrativa, de un mínimo de 75 euros a un máximo de 5.000 euros a favor de la Caja de las multas. En los casos más graves, el juez también puede evaluar una modificación de las condiciones de custodia.
Abordar los retrasos sistemáticos requiere una estrategia clara y decidida. El enfoque del abogado Marco Bianucci, abogado con consolidada experiencia en derecho de familia en Milán, se basa en un análisis preciso de la situación para identificar la solución más eficaz y menos traumática para el menor. El primer paso consiste en recopilar las pruebas de los retrasos (comunicaciones escritas, testimonios, registros) y enviar una advertencia formal a la contraparte. Si esta intervención no surte efecto, se procede con un recurso ante el tribunal en virtud del art. 709-ter c.p.c., documentando detalladamente cada incumplimiento. El objetivo del despacho es siempre proteger el interés preeminente del hijo, restableciendo el respeto de las reglas y garantizando su derecho a una relación serena con ambos progenitores.
No existe una definición temporal rígida, pero se habla de retraso sistemático cuando la falta de puntualidad no es un evento aislado y justificable, sino una conducta repetida en el tiempo que demuestra la voluntad de no respetar los acuerdos o la sentencia del juez. La evaluación se realiza caso por caso, considerando la frecuencia, la entidad de los retrasos y la ausencia de justificaciones válidas.
La vía principal no es la denuncia penal, sino el recurso civil basado en el art. 709-ter c.p.c., que es el instrumento específico para sancionar tales comportamientos. Solo en casos extremos, si el comportamiento constituye el delito de que trata el art. 388 del código penal (incumplimiento doloso de una resolución judicial), se puede evaluar una querella. Es fundamental consultar a un abogado para entender cuál es el camino más apropiado para su caso.
Las sanciones previstas por el artículo 709-ter c.p.c. son principalmente tres: la amonestación oficial por parte del juez, la condena a indemnizar los daños causados al hijo o al otro progenitor, y el pago de una sanción pecuniaria administrativa (una multa) de hasta 5.000 euros. El juez elige la sanción más adecuada en función de la gravedad y la repetitividad de la conducta.
Es fundamental documentar cada episodio. Se recomienda conservar comunicaciones escritas como mensajes de WhatsApp, SMS o correos electrónicos en los que se dispute el retraso. Puede ser útil llevar un diario detallado con fechas y horarios. Si los retrasos ocurren en presencia de terceros (familiares, amigos), estos podrían servir como testigos. La recopilación precisa de las pruebas es crucial para el éxito de un eventual recurso ante el tribunal.
Si está experimentando problemas relacionados con el incumplimiento de los horarios de visita por parte del otro progenitor, es fundamental actuar con el apoyo de un profesional. El abogado Marco Bianucci ofrece asesoramiento legal en Milán para analizar su situación y definir la estrategia más adecuada para proteger sus derechos y, sobre todo, los de sus hijos. Contacte con el Despacho de Abogados Bianucci en Via Alberto da Giussano, 26 para una evaluación de su caso y para recibir una asistencia legal específica y competente.