La reciente sentencia del Tribunal de Casación, Sección II Penal, n. 49691 del 10 de octubre de 2023, ofrece una importante reflexión sobre las responsabilidades penales relacionadas con el delito de blanqueo de capitales, en particular a la luz de un caso que involucra a dos imputados, A.A. y B.B., acusados de complicidad en el delito de receptación. El Tribunal confirmó la decisión de la Corte de Apelación de Roma, analizando las motivaciones aducidas por los recurrentes y reiterando los principios jurídicos aplicables.
En el caso en cuestión, A.A. y B.B. habían sido condenados por el delito previsto en el art. 648-bis c.p., relativo al blanqueo de capitales procedentes de actividades delictivas. La Corte de Apelación había considerado que existía prueba suficiente de la responsabilidad de los imputados, a pesar de que las defensas habían alegado la ausencia de alteraciones en el vehículo en cuestión, un Smart, y la supuesta asunción de responsabilidad por parte de uno de los coimputados.
El Tribunal de Casación reiteró que el delito de blanqueo de capitales se perfecciona con la mera realización de actividades destinadas a obstaculizar la identificación del origen delictivo del dinero y de los bienes.
El Tribunal declaró inadmisibles los recursos presentados por los dos imputados, destacando que las argumentaciones expuestas no eran suficientemente específicas y se reducían a una mera reiteración de motivos ya examinados. En particular, la sentencia aclaró que el blanqueo de capitales, al ser una figura de consumación anticipada, se perfecciona incluso en ausencia de manipulaciones evidentes en los bienes, como en el caso del vehículo no alterado.
La sentencia de Casación n. 49691 de 2023 proporciona una importante aclaración sobre el delito de blanqueo de capitales, en particular en lo que respecta a la necesidad de pruebas concretas de responsabilidad. El Tribunal supo distinguir entre la ausencia de alteraciones en los bienes y la configurabilidad del delito, remarcando que la responsabilidad penal puede surgir incluso en situaciones en las que la mercancía no muestra signos de manipulación. Esta sentencia subraya la importancia de un análisis exhaustivo de las pruebas y de las circunstancias del caso, ofreciendo importantes aportaciones para futuros procedimientos en materia de receptación y blanqueo de capitales.