La Corte de Casación, con la sentencia n.º 36898 del 14 de junio de 2024, ha abordado una cuestión crucial relativa a la aplicabilidad de la pena accesoria de prohibición de salida del país a los condenados extranjeros en materia de estupefacientes. Esta decisión no solo aclara un aspecto fundamental de la normativa italiana, sino que también ofrece puntos de reflexión sobre las diferencias de trato entre ciudadanos italianos y extranjeros en caso de condena.
La Corte desestimó el recurso relativo a la aplicación de la prohibición de salida del país, estableciendo que dicha pena accesoria, prevista en el art. 85 del d.P.R. 9 de octubre de 1990, n.º 309, es aplicable exclusivamente a los ciudadanos italianos. Este principio se basa en una lectura atenta de las normas vigentes y de las disposiciones de la jurisprudencia. De hecho, la Corte recordó sentencias previas, como la n.º 10081 de 2020, que confirman esta interpretación restrictiva.
Penas accesorias - Prohibición de salida del país - Aplicabilidad al condenado extranjero - Exclusión. En materia de estupefacientes, la pena accesoria de prohibición de salida del país, prevista en el art. 85 d.P.R. 9 de octubre de 1990, n.º 309, se aplica solo a los ciudadanos italianos, y no también a los condenados extranjeros.
La decisión de la Corte de Casación tiene diversas implicaciones prácticas y jurídicas, entre ellas:
Esta sentencia plantea interrogantes sobre la coherencia del sistema jurídico italiano, en particular en lo que respecta a la protección de los derechos de los extranjeros condenados. Las normas europeas, en particular, tienden a garantizar un trato equitativo y no discriminatorio, y esta sentencia podría resultar en contraste con los principios de igualdad consagrados en la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea.
En conclusión, la sentencia n.º 36898 de 2024 representa un importante referente para la comprensión del derecho penal italiano y sus aplicaciones. Subraya la necesidad de un análisis profundo de las normas vigentes y de sus consecuencias, invitando a los legisladores a considerar un enfoque más equitativo hacia los condenados extranjeros.