La sentencia n.º 26588 del 19 de marzo de 2024, emitida por la Corte de Casación, aborda un tema de gran relevancia en el derecho penal: el aplazamiento de la ejecución de la pena por grave enfermedad. Este tema no solo toca la cuestión de la justicia, sino que también involucra aspectos fundamentales ligados a la dignidad humana y a la reeducación del condenado.
Aplazamiento de la ejecución de la pena por grave enfermedad, incluso en las formas de detención domiciliaria - Reducida expectativa de vida - Evaluación - Criterios. En materia de aplazamiento facultativo de la pena o de concesión de la detención domiciliaria por grave enfermedad, el juez debe evaluar si, teniendo en cuenta la naturaleza de la enfermedad y, en caso de pronóstico infausto a corto plazo, la reducida expectativa de vida, la expiación de la pena resulta contraria al sentido de humanidad por los excesivos sufrimientos que de ella se derivan, o carente de significado reeducativo en consecuencia de la imposibilidad de proyectar en el futuro los efectos de la sanción sobre el condenado.
Esta máxima aclara que, en caso de grave enfermedad, el juez debe considerar no solo la condición física del condenado, sino también su expectativa de vida. Si la pena impuesta resulta excesiva en comparación con los sufrimientos que comportaría, o si ya no tiene un significado reeducativo, el juez puede decidir aplazar la ejecución de la pena.
La sentencia subraya la importancia de una evaluación atenta y ponderada por parte del juez, que debe tener en cuenta diversos factores:
La Corte de Casación, al referirse al artículo 146 y 147 del Código Penal, destaca la necesidad de tutelar no solo la justicia, sino también los derechos humanos del condenado, siguiendo las directrices de la Ley 26/07/1975, n.º 354, art. 47 ter. Además, las referencias a máximas anteriores confirman una orientación consolidada de la jurisprudencia en la materia.
La sentencia n.º 26588 de 2024 representa un paso significativo en la dirección de una justicia más humana y atenta a las situaciones individuales de los condenados. Invita a reflexionar sobre cómo el sistema penal puede y debe adaptarse a circunstancias que involucran la salud y la dignidad de las personas. Un enfoque más flexible y comprensivo podría no solo aliviar los sufrimientos de quienes se encuentran en situaciones difíciles, sino también promover una verdadera finalidad reeducativa de la pena.